Trabajadores deben recibir aguinaldo antes del 20 de diciembre: STPS

Los empleados que no reciban su aguinaldo a más tardar el 19 diciembre pueden iniciar el trámite de juicio o conciliación (Foto: Archivo)
Los empleados que no reciban su aguinaldo a más tardar el 19 diciembre pueden iniciar el trámite de juicio o conciliación (Foto: Archivo)

Ciudad de México (Rasainforma.com/Redacción).- Sin excepción alguna, las empresas y centros de trabajo de todo el país deberán pagar el aguinaldo a sus empleados antes del 20 de diciembre, indicó el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Alfonso Navarrete Prida.

La STPS, a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), se mantendrá atenta para que los patrones cumplan, en tiempo y forma, con esta prestación a sus empleados.

"El pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores, independientemente de las demás prestaciones, y el patrón, en ningún caso, puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe", subrayó.

Esta remuneración, obligatoria desde 1970, la deben recibir empleados de base, confianza, planta, sindicalizados y los contratados por obratiempo determinado o eventuales, así como los comisionistas, agentes de comercio, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Además, la STP apuntó basada en el artículo 87 de la LFT, que quienes hayan laborado menos de un año tienen derecho a que se les pague la parte proporcional al tiempo de servicio, independientemente de que ya no estén en la empresa o trabajen para una compañía distinta.

El funcionario explicó que para el cálculo del aguinaldo se contemplan los periodos vacacionales, las licencias de maternidad (pre y post natales) y de paternidad, los descansos semanales y las incapacidades por riesgo de trabajo.

Los empleados que no reciban su aguinaldo a más tardar el 19 diciembre pueden iniciar, a partir del día siguiente, el trámite de juicio o conciliación por incumplimientos, casos en los que la Profedet solicitará la intervención de la Inspección Federal del Trabajo.

Navarrete Prida expuso que los trabajadores que requieran asesoría con relación a la fecha o monto del aguinaldo pueden acudir a la Profedet de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en el país, comunicarse a través de las líneas telefónicas 01 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877, o al correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.

Con información de Notimex

omm

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