Analizan multar a quienes realicen reuniones de más de 10 personas en Michoacán

Las personas que decidan concentrarse en lugares deportivos, cívicos o culturales se enviarán hacia los 14 espacios habilitados (Foto Facebook: Gonzalez Marlene)
Las personas que decidan concentrarse en lugares deportivos, cívicos o culturales se enviarán hacia los 14 espacios habilitados (Foto Facebook: Gonzalez Marlene)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La Consejería Jurídica del Ejecutivo se encuentra en la elaboración del Decreto de Confinamiento en Michoacán que busca evitar la concentración masiva de gente (más de 10 personas) sin ninguna justificación, a través de la aplicación de medidas administrativas obligatorias, pues ante una emergencia extraordinaria como el Covid-19 se puede restringir el tránsito sin violentar las demás garantías individuales.

Entre las medidas administrativas que plantea el gobierno de Michoacán está el enviar a las personas que decidan concentrarse en lugares deportivos, cívicos o culturales hacia los 14 espacios habilitados en 12 cabeceras regionales del estado, los cuales tendrán todas las medidas sanitarias necesarias como lo señalan los estándares de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Así lo refirió el titular de la Consejería Jurídica del Estado, Lenin Sánchez Rodríguez, a MiMorelia.com, luego de aclarar que dicha medida de confinamiento dada a conocer recientemente por el gobierno estatal, no es anticonstitucional ni tampoco se incurre en alguna violación como lo han señalado algunos especialistas en la materia, ya que sólo han citado el artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala: "En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente cuando aquel no estuviere reunido, podrá restringir o suspender en todo el país o en lugar determinado el ejercicio de los derechos y las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación".

Sin embargo, Sánchez Rodríguez mencionó que el Ejecutivo para aplicar cierta medida de confinamiento toma en cuenta lo que destaca el artículo 11 de la Constitución Política federal: "Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país. En caso de persecución, por motivos de orden político, toda persona tiene derecho de solicitar asilo; por causas de carácter humanitario se recibirá refugio. La ley regulará sus procedencias y excepciones".

En resumen, el funcionario precisó que el artículo 11 constitucional menciona que sí hay atribuciones legales para restringir las actividades de tránsito o se posibilita por cuestiones administrativas para que ante una situación de emergencia, se pueda limitar la libertad de tránsito, por tanto, las demás garantías individuales como el derecho a la vida, la seguridad jurídica, la igualdad, o la propiedad quedarán a salvo.

En este sentido, anticipó que se elabora el Decreto de Confinamiento, mismo que será firmado y dado a conocer en próximos días con mayores detalles por el gobernador Silvano Aureoles Conejo para que las medidas administrativas que se establezcan sean acatadas por los michoacanos para evitar las concentraciones masivas sin justificación, pues el objetivo es disminuir los casos positivos del Covid-19.

Sánchez Rodríguez informó que entre las medidas administrativas están los 14 espacios a donde serán enviadas las personas que incumplan el decreto, o bien, se buscará alguna sanción para aquella persona que no tiene una actividad esencial como ir al trabajo o algún lugar de primera necesidad.

Sobre el tema de las posibles multas, dijo que según el artículo 21 constitucional: "La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función. El ejercicio de la acción penal ante los tribunales corresponde al Ministerio Público. La ley determinará los casos en que los particulares podrán ejercer la acción penal ante la autoridad judicial. La imposición de las penas, su modificación y duración son propias y exclusivas de la
autoridad judicial".

"Debe quedar claro, que no es una restricción a todos los derechos humanos, solo es el cuidado ante un riesgo sanitario. Se habilitarán ciertos espacios para quienes incumplan y decidan estar en fiestas o eventos sociales llevarlos ahí. Por supuesto que las personas tendrán su derecho audiencia", indicó.

Contrario a lo que han mencionado algunos constitucionalistas o expertos en Derecho, el titular de la Consejería Jurídica mencionó que tanto la Ley de Salud Federal, la Estatal y la Ley para Prevenir Riesgos Sanitarios destacan que la autoridad debe generar medidas que ayuden a la sociedad evitar que se expanda una situación derivada de una emergencia sanitaria, por tanto, dijo que "no es por arbitrio del gobernador sino que por un problema que vive el mundo actualmente", reiteró.

Por: Guadalupe Martínez/SJS

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