Aprobarían este martes cinco leyes del sistema anticorrupción para Michoacán

La fecha límite para que las entidades aprueben el sistema estatal se vence en julio (Foto: Archivo)
La fecha límite para que las entidades aprueben el sistema estatal se vence en julio (Foto: Archivo)

Por: Maribel Nieves Aguilar/@Mnievesa

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Este martes en sesión de comisiones se prevé que los diputados locales aprueben cinco leyes sobre el Sistema Estatal Anticorrupción, dentro de las que se encuentra la ley general, afirmó el presidente de la mesa directiva del congreso local, Pascual Sigala Páez, quien afirmó sin precisar cuáles que únicamente quedarían dos pendientes.

La fecha límite para que las entidades aprueben el sistema estatal se vence en julio.

En entrevista el legislador de extracción perredista estimó que durante la tercera semana de junio quedará aprobado en su totalidad el Sistema Estatal Anticorrupción.

En este sentido las leyes que habrán de incluirse son: La ley general del Sistema Estatal Anticorrupción que tiene por objeto establecer los principios, bases generales y de procedimiento para garantizar que los órganos del estado cuenten con un sistema estatal que prevenga, investigue y sancione las faltas administrativas, los actos y hechos de corrupción.

La Ley de Responsabilidades Administrativas en la que se establecerán las responsabilidades de los servidores públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que estos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación.

La reforma a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) en la que se creará la figura del fiscal especializado y el titular su titular deberá ser ciudadano mexicano por nacimiento; tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación; contar, con antigüedad mínima de diez años, con título profesional de licenciado en derecho; gozar de buena reputación, no haber sido condenado por delito doloso, no haber sido inhabilitado o encontrarse sujeto a procedimiento de responsabilidad.

La reforma contempla la creación de la fiscalía especialidad en materia de delitos relacionados con hechos de corrupción dentro de la estructura orgánica básica de la PGJE; también la designación del fiscal especializado; que sea un órgano con autonomía para investigar y perseguir los hechos que la ley considere como delitos por corrupción, además formará parte del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción.

En la Reforma al Código Penal se denominara actos de corrupción al ejercicio ilícito del servicio público, el abuso de autoridad, la desaparición forzada de personas, coalición de servidores públicos, el uso ilícito de atribuciones y facultades, la intimidación, el ejercicio abusivo de funciones, negación del servicio público, tráfico de influencias, cohecho, peculado, concusión y enriquecimiento ilícito.

También se reformara el articulo décimo octavo en el que los delitos contra el derecho de acceso a la justicia" ahora se le denominara "delitos cometidos contra la administración de justicia" y contempla la omisión de informe médico forense, y evasión de presos.

jcms

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