Aprueba TEEM planillas de candidaturas de Morena a ayuntamientos

Conminaron a la Comisión Nacional de Elecciones de Morena, a que en lo sucesivo cumpla en tiempo y forma lo ordenado por el Tribunal
Pidieron a Morena ajustarse a los plazos que ordena la normativa electoral (Foto: cortesía)
Pidieron a Morena ajustarse a los plazos que ordena la normativa electoral (Foto: cortesía)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- En Sesión Pública virtual el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) en votación nominal aprobó el Acuerdo IEM-CG-151/2021, mediante el cual, el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán, aprobó el registro de las planillas de candidaturas a integrar Ayuntamientos en el Estado de Michoacán, postuladas por el partido político Morena, para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

Lo anterior, a propuesta del Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras quien puso a consideración de sus pares los Juicios Ciudadanos TEEM-JDC-193/2021, TEEM-JDC-194/2021, TEEM-JDC-196/2021 y TEEM-JDC-197/2021, promovidos por diversos ciudadanos contra la respuesta dada por la Secretaria Ejecutiva del Instituto Electoral de Michoacán, mediante oficios IEM-SE-623/202; IEM-SE-625/2021; IEM-SE-626/2021 y IEM-SE-624/2021, respectivamente, mismos que, al igual que el Acuerdo IEM-CG-151/2021, fueron confirmados por el Órgano Jurisdiccional.

Por otra parte, a propuesta de la Magistrada Presidenta Yurisha Andrade Morales se conminó a la Comisión Nacional de Elecciones de Morena, a que en lo sucesivo cumpla en tiempo y forma lo ordenado por este Tribunal, atendiendo al derecho humano al acceso a la justicia de una forma pronta y expedita, ajustándose a los plazos que ordena la normativa electoral aplicable, esto tras el análisis de los Juicios Ciudadanos TEEM-JDC-074/2021, TEEM-JDC-075/2021 y TEEM-JDC-076/2021, Acumulados.

Sin embargo, la Ponencia a cargo de la Magistrada Andrade Morales, determinó que de las constancias que integran dichos expedientes se advierte que los promoventes, únicamente anexaron una captura de pantalla del supuesto registro en la página de internet del Partido Morena, misma que no contiene los elementos necesarios para acreditar el referido interés, por ello los juristas dictaminaron sobreseer los medios de impugnación al no acreditarse el interés jurídico de los promoventes para impugnar el proceso interno de selección de candidaturas del referido instituto político.

Mientras que los Juicios Ciudadanos TEEM-JDC-111/2021, TEEM-JDC-122/2021, TEEM-JDC-123/2021, TEEM-JDC-135/2021 y TEEM-JDC-137/2021, Acumulados, analizados por la Ponencia a cargo de la Magistrada Alma Rosa Bahena Villalobos, se determinó tener por no presentadas las demandas, toda vez que los actores manifestaron la intención de desistirse, en consecuencia, se desecharon dichos medios de impugnación.

Respecto de los Juicios Ciudadanos TEEM-JDC-126/2021, TEEM-JDC-127/2021, TEEM-JDC-128/2021, TEEM-JDC-129/2021, TEEM-JDC-130/2021, TEEM-JDC-132/2021, TEEM-JDC-139/2021, TEEM-JDC-145/2021, TEEM-JDC-146/2021 y TEEM-JDC-149/2021, Acumulados, también presentados por la Magistrada Bahena Villalobos, el Pleno resolvió desechar de plano los medios de impugnación, ya que se actualizó la causal de improcedencia relativa a la falta de interés jurídico.

Por su parte, en el Juicio Ciudadano TEEM-JDC-240/2021, a propuesta de la Ponencia a cargo del Magistrado José René Olivos Campos, los Magistrados confirmaron el Acuerdo IEM-CG-165/2021, aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán, el 18 de abril del año en curso, mediante el cual se negó su registro como candidato independiente al ahora actor, para el Proceso Electoral Ordinario Local 2020-2021, lo anterior, porque los argumentos del mismo se encontraban relacionados con aspectos que ya habían sido atendidos por la autoridad jurisdiccional y la propia Sala Superior, sin refutar frontalmente las razones o fundamentos que la autoridad responsable tomó en consideración para la emisión del acuerdo que controvirtió.

En relación con los Juicios Ciudadanos TEEM-JDC-201/2021 y TEEM-JDC-213/2021, propuestos por el Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras, los juristas en el primer caso determinaron desechar de plano el Juicio Ciudadano, toda vez que, el actor debió impugnar en el plazo señalado por la normativa, la lista publicada el 8 de abril del año en curso, en la cual no apareció registrado ante el partido político en el que milita, o en su caso, impugnar por vicios propios el proceso de selección de candidatos del Partido Morena y en el segundo tener por no presentada la demanda, toda vez que el actor presentó escrito a través del cual manifestó su intención de desistirse de la demanda.

Finalmente, se tomó protesta a la Licenciada Martha Daniela Ochoa Arroyo, como Secretaria Instructora y Proyectista adscrita a la Ponencia a cargo de la Magistrada Yolanda Camacho Ochoa.

EA

Más vistas

No stories found.
logo
Mi Morelia.com
mimorelia.com