Asegura Profepa 33 buches de totoaba y 331 caballitos de mar en San Luis Potosí

Se comprobó que dichos paquetes no cuentan con la documentación que avale su legal procedencia
Se comprobó que dichos paquetes no cuentan con la documentación que avale su legal procedencia

San Luis Potosí (MiMorelia.com).- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró 33 buches de totoaba (Totoaba macdonaldi) y 331 caballitos de mar secos (Hippocampus spp), en el interpuerto de una empresa de paquetería dentro del Aeropuerto Internacional de San Luis Potosí, los cuales prevenían de Sinaloa con destino al Estado de México.

Personal de la Delegación Federal de la PROFEPA en la entidad en coordinación con elementos de la Policía Federal, se apersonaron en la citada empresa de paquetería, donde constataron dos cajas de cartón cuyo contenido eran buches de totoaba y caballitos de mar, respectivamente.

En ese sentido, los inspectores federales de la PROFEPA verificaron las cajas: en la primero observaron dos bolsas de plástico transparentes, las cuales contenían los buches; la segunda tenían en su interior varios paquetes de periódicos y cinta canela, donde venían envueltos los ejemplares de Hippocampus spp.

Asimismo se comprobó que dichos paquetes no cuentan con la documentación que avale su legal procedencia, por lo que partes y ejemplares de vida silvestre fueron asegurados y se inició las acciones administrativas y penales correspondientes para sancionar a los responsables.

Cabe señalar que la Totoaba (Totoaba macdonaldi) se encuentra dentro de la Normas Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 en la categoría de Peligro extinción (P) y el caballito de mar (Hippocampus spp), sujeto a Protección especial (Pr).

Ambas especies están dentro de los apéndices I y II respectivamente, de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES).

Poseer ejemplares de vida silvestre sin contar con la documentación que acredite su legal procedencia es sancionado por la Ley General de Vida Silvestre con una multa de 50 a 50,000 veces el salario mínimo vigente, y por el Código Penal Federal con pena de prisión de 1 a 9 años y con multa de 300 a 3000 días de multa a quien resulte responsable.

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