Avanza iniciativa de Lucila Martínez sobre conflictos territoriales

(Foto Cortesía)
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Morelia, Michoacán (Boletín).- La LXXIV Legislatura Local dio el ha lugar para admitir a discusión a la iniciativa de decreto que adiciona la fracción X-B bis al artículo 44 de la Constitución Política del Estado, presentada por la diputada Lucila Martínez Manríquez. 

Luego de que la Comisión de Puntos Constitucionales dictaminará la propuesta sobre su procedencia y hoy se diera el ha lugar en el Pleno del Poder Legislativo, la legisladora local confío en que dicha iniciativa pueda transitar en las comisiones que deberán analizar y estudiar la propuesta, la cual es fundamental para resolver los conflictos de límites territoriales que hay en la entidad y con lo que se contribuiría a generar desarrollo en las demarcaciones.

La legisladora celebró este avance y refirió que en Michoacán se requiere fortalecer el municipalismo, para garantizar la armonía y el desarrollo del estado, por lo que resulta apremiante que Michoacán cuente con los mecanismos e instrumentos jurídicos para resolver desde el Congreso del Estado los conflictos por límites territoriales.

"Es necesario establecer la facultad del Poder Legislativo para resolver los conflictos por límites territoriales entre los municipios del estado, ya que han sido varios los casos que se han presentado, por ejemplo en Coahuayana, Aguililla, Tancítaro, así como los municipios de Jiquilpan y Sahuayo, los cuales actualmente se encuentran en disputa por la construcción de un retorno para el ingreso a la entrada de acceso a la Universidad de la Ciénega del Estado de Michoacán, obra que resulta una necesidad de la comunidad universitaria, situación que dio lugar al resurgimiento de este antiguo problema".

La propuesta legislativa en análisis presentada desde octubre pasado por la diputada Lucila Martínez tiene como objetivo incluir en nuestro texto constitucional la facultad expresa de este Congreso de resolver conflictos de límites territoriales entre municipios.

La iniciativa no contraviene con alguna disposición establecida en los artículos 73, 74 y 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que se declaró procedente, toda vez que el municipio es una parte importante dentro del esquema territorial, socioeconómico y político para el país, por lo que se consagra como la base territorial y de organización política de las Entidades Federativas. Por lo que es una figura jurídica indispensable para el ejercicio democrático de los Estados.

En el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se advierte que dentro de la facultad del Congreso del Estado de Michoacán se encuentra la de resolver situaciones de competencia de límites territoriales entre los municipios, con la finalidad de solucionar de manera concreta y materia las solicitudes que se hagan de un municipio.

Por lo anterior, la modificación al artículo 44 de la Constitución del Estado de Michoacán planteada por la diputada Lucila Martínez es procedente y es competencia del Congreso del Estado, pues no se encuentra en algún supuesto de materia reservada, toda vez que desde nuestra Carta Magna es una facultad que se les da a las legislaturas locales para resolver conflictos territoriales entre municipios.

PO

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