Capacita SSP a elementos por reforma a Ley de Tránsito

Fueron más de 300 elementos de Tránsito y Vialidad, así como 39 delegados regionales, quienes recibieron la información respecto a las nuevas disposiciones y su aplicación (Foto: Cortesía)
Fueron más de 300 elementos de Tránsito y Vialidad, así como 39 delegados regionales, quienes recibieron la información respecto a las nuevas disposiciones y su aplicación (Foto: Cortesía)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com/Boletín).- Con el objetivo de mantener la profesionalización y actualización del personal adscrito a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), elementos adscritos a la Dirección de Tránsito y Movilidad del Estado, recibieron un curso de capacitación para conocer las modificaciones recién aprobadas por el Congreso del Estado a la Ley en la materia, informó el titular de la institución, Juan Bernardo Corona Martínez.

Fueron más de 300 elementos de Tránsito y Vialidad, así como 39 delegados regionales, quienes recibieron la información respecto a las nuevas disposiciones y su aplicación en sus funciones diarias, para dar cabal cumplimiento a la Ley en cuanto ésta entre en vigor y mediante la cual se busca mantener una mejor operatividad.

Corona Martínez destacó la importancia de que los elementos conozcan a fondo el cambio a estas reformas, y sobre todo que se capaciten para saber cómo actuar y para su aplicación.

"Una persona preparada, un elemento de Seguridad Pública preparado, es un elemento que la sociedad reconoce. Me siento muy orgulloso de ser parte de esto, de ser compañero de ustedes. Que este curso nos sirva para tener una visión más amplia de cómo ayudar a los ciudadanos, pero también de cómo poner orden", destacó el titular de la SSP.

Los agrupamientos pertenecientes a las áreas de delegaciones, patrullas, motociclistas, peritos y educación vial, fueron capacitados en temas referentes a seis lineamientos, entre los que destaca que no se podrá retener de forma alguna licencia, tarjeta de circulación, placa o vehículo como medio de garantía de pago de multa impuesta por infringir la ley estatal o municipal de tránsito, así como tampoco se podrá suspender la circulación a ningún vehículo, salvo en los caso de flagrancia delictiva o bajo el influjo indebido de drogas o bebidas alcohólicas.

FG

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