CNDH y órganos locales

CNDH y órganos locales

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y los órganos públicos protectores y defensores de los derechos humanos de las entidades federativas (OPPDDHH) y también de los municipios (hay órganos públicos protectores y defensores de derechos humanos en diversos municipios del país) nacen como una respuesta a la necesidad básica de proteger y defender los derechos humanos ante su deficiente tutela por parte de los órganos públicos en general y de manera señalada, por la deficiente protección de los propios derechos por parte de los órganos jurisdiccionales, en especial en el ámbito federal.

Con esto se quiere decir, de manera clara, que tanto la CNDH y los OPPDDHH, en tanto instituciones con ese cometido básico, tienen una razón causal que legitima su creación.

Así, el cuestionamiento a la CNDH y a los OPPDDHH, no debe, ni puede centrarse en su existencia; la crítica se hace, más bien, a su diseño institucional (cómo fueron estructurados, organizados y dotados de funciones) a su encarne esencial (quiénes llegaron y llegan a ser titulares de los mismos) a su asignación presupuestal (en muchos casos, estimada ofensiva) a la composición del personal (los empleados de mandos superior y medios, en particular, aunque también hay que incluir a los trabajadores de base de los órganos)  y a su ejercicio funcional (sobre lo veleidoso, complaciente y deficiente).

Así, la CNDH y los OPPDDHH, fueron diseñados con una estructura, organización y funciones por demás irracionales, pues más que buscar con sinceridad su funcionalidad legítima, en gran medida, se orientaron a crear una estructura funcional que respondiera a los compromisos entre los grupos de interés, como si se tratara de una agencia de colocación de empleo; ello, sin contar que la CNDH y los OPPDDHH no fueron dotados de dientes para hacer cumplir sus recomendaciones.

Si esa fue su concepción subrepticia, era de esperar que quienes llegaran a presidir la CNDH y los OPPDDHH, salvo algunos honrosos casos, fueran personas solo con un barniz de pericia en derechos humanos, pero que realmente llegaron al cargo como fruto de diversos acuerdos entre los partidos, sus grupos, legisladores y cuadrillas de interés.

En ese mosaico, es claro que muchos de quienes presidieron o presiden la CNDH y los OPPDDHH, solo tenían como divisa el acopio de beneficios (percepciones, oficinas, autos, secretarias, empleados auxiliares, gastos de representación, fondo revolvente, entre muchos otros) y solo se ocupaban de la función protectora de los derechos humanos, en la medida en estricto necesaria para tener una capa protectora básica ante la opinión pública y los oponentes.

Como era de esperar, los mandos superiores, mandos medios e incluso trabajadores de base, ingresaron a la CNDH y a los OPPDDHH (o salieron de esos órganos), como parte de los acuerdos que posibilitaron la llegada de los diversos presidentes; así que en todos los puestos y cargos la divisa común era la "recomendación" que eventualmente recaía en una persona con el perfil adecuado; pero en muchos otros casos no, sino que eran o son personas sin perfil, incompatibles con la propia función protectora, defensora o de divulgación-difusión de los derechos humanos: comerciantes o funcionarios venidos a menos, por ejemplo, que se convertían en intocables (naturalmente e inclusive, para el propio presidente que correspondiera) y que no tenían ni la más mínima idea o interés acerca de la función. ¿Cómo podían o pueden entonces funcionar bien esos órganos?

Si a eso se suma que los presupuestos públicos anualmente asignados a la CNDH y a los OPPDDHH han crecido de manera progresiva, hasta llegar a montos nacional e internacionalmente reprochables, y que esos presupuestos mayormente se agotaban y se agotan en el capítulo correspondiente a sueldos y salarios de los servidores públicos de los órganos o en otras cuestiones baladíes (como viajes al extranjero, solo por ejemplo) y que el funcionamiento de la CNDH y los OPPDDHH era y es por demás deficiente, ineficiente e ineficaz, es natural que se les cuestione con toda razón por quien lo haga.

Con esto no se quiere decir que lo apuntado sea un razonamiento "absoluto" pero si muy aplicable en lo general a los órganos públicos de derechos humanos.

Más debe aclararse, sin embargo, que no todo ha sido oscuridad, pues hay algunas buenas recomendaciones que, esencialmente por la voluntad política de a quién se han dirigido, se han cumplido, modificando en parte y de paso la realidad, como también se debe reconocer que los órganos han tenido un éxito moderado en la divulgación, difusión y en el despertar cultural de los derechos humanos en México.

Desde ese ángulo, una mejoría en la materia de los derechos humanos en el país, debe tener como premisas esenciales, sin demérito de otras, las que siguen:

* Un nuevo rediseño institucional de la CNDH y los OPPDDHH.

* Procedimientos legítimos para el ingreso y egreso de la CNDH y los OPPDDHH, para mandos superiores, medios y trabajadores de base.

* Un principio de moderación presupuestal.

* La exigencia responsable de un ejercicio eficiente y eficaz en la protección, defensa, promoción y difusión de los derechos humanos, para todo humano.

* Dotar de facultades a la CNDH y a los OPPDDHH, para brindar incentivos que provoquen el cumplimiento de sus recomendaciones.

De no ser así, y si se continúa con el mismo esquema parasitario actual (máxime que toda autoridad pública tiene la obligación constitucional de proteger los derechos humanos) es de esperar que poco o nada cambie en la CNDH y los OPPDDHH, y que la protección y defensa de los derechos humanos, quede solo en un sueño, en una utopía de raquítica incidencia en la realidad, sea quien sea que presida la CNDH y los OPPDDHH.

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