Congreso de Michoacán aprueba modificaciones para el registro de candidatos independientes

Podrán ser candidatos independientes políticos que hayan desempeñado cargo de dirigencia nacional, estatal o municipal en algún partido político (Foto ACG)
Podrán ser candidatos independientes políticos que hayan desempeñado cargo de dirigencia nacional, estatal o municipal en algún partido político (Foto ACG)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com/Carlos Albarrán).- Luego de más de dos horas y media de cabildeo entre los diputados pertenecientes a las distintas fracciones políticas que integran la LXXIII Tercera Legislatura del Congreso del Estado, se aprobó el registro de los candidatos independientes que hayan desempeñado cargo de dirigencia nacional, estatal o municipal en algún partido político a menos que hayan renunciado al partido dieciocho meses antes del día de la jornada electoral, situación que también se aplicará a los servidores públicos que hayan accedido a un cargo por medio de un partido político y a los afiliados a cualquier instituto político.

Asimismo, la declaratoria de candidatos independientes que tendrán derecho a ser registrados como tales, en los casos de aspirantes a gobernador y diputados, se exigirá contar con el dos por ciento de la lista nominal, que deberá estar distribuido en ese mismo o mayor porcentaje en la totalidad de los distritos electorales de los que se compone el estado.

Cabe precisar que en el caso de aspirante a cargo de diputado, se debe cumplir también con el dos por ciento de la lista nominal, que deberá estar distribuido en ese mismo o mayor porcentaje, en al menos tres cuartas partes de los municipios que componen el distrito cuando así proceda. Igual caso procede en el caso de las planillas de aspirantes a ayuntamientos.

Con las reformas al Código Electoral del Estado de Michoacán en las fracciones I y II y se adiciona la fracción III del artículo 298, se pretende realizar un avance importante en la regulación de las candidaturas independientes a los cargos de gobernador, diputados locales de mayoría relativa e integrantes de los ayuntamientos, figura que ha sido aplicada en el proceso ordinario electoral del 2015.

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