¿Cuántas veces tengo que entregar mis datos personales para el mismo trámite?

¿Cuántas veces tengo que entregar mis datos personales para el mismo trámite?

La pregunta constante de la semana se relaciona con los diversos trámites que los michoacanos realizan de manera cotidiana, en los que les solicitan la entrega de documentos que contienen datos personales.

El problema común que los michoacanos refieren es que les solicitan el mismo documento una y otra vez sin justificación.

Al respecto, los michoacanos tienen el poder de decidir a quién otorgar sus datos personales y para qué. Y en todo trámite que realicen les tienen que informar cuál es el tratamiento que le darán a los mismos.

De esta forma, las autoridades deben cumplir en todo tratamiento de datos personales con determinados principios y deberes (señalo los que ahora se relacionan con el tema): finalidad, calidad, información y responsabilidad, los cuales los menciono porque esto dará respuesta a si es correcto pedir el mismo documento en varias ocasiones para el mismo trámite.

Información: que se informe al titular del tratamiento al que serán sometidos sus datos personales.

Finalidad: también el responsable debe determinar las finalidades concretas, lícitas, explícitas y legítimas que motivan cada tratamiento de datos que realice, las cuales deben ser acordes con las atribuciones que la normatividad le confiere.

Calidad: consiste en que el responsable deberá mantener exactos, actualizados, completos y correctos los datos. Y cuando éstos dejen de ser necesarios deberán suprimirse.

Responsabilidad: se deberán implementar los mecanismos necesarios para que se cumpla con lo señalado, las obligaciones legales y se rinda cuentas del tratamiento de datos personales.

El ejemplo será la entrega de actas de nacimiento.

En primer lugar, si se hizo entrega de un documento con datos personales como requisito de un trámite, el titular de aquellos debe estar informado de cuál es el tratamiento que se le dará a esos datos, es decir, de la operación u operaciones efectuadas mediante procedimientos aplicados a los mismos relacionados con su obtención, utilización, comunicación, difusión, almacenamiento, posesión, acceso, manejo, aprovechamiento, divulgación, transferencia o disposición.

Luego, si la obtención de los datos personales debe ser con una finalidad y ésta ya se cumplió, no hay motivo por el cual se solicite nuevamente la información.

Por otro lado, podría requerirse nuevamente el documento, sólo en caso de que el responsable busque actualizar los datos, lo cual no tendría ningún sentido si el ejemplo son actas de nacimiento, porque dichos datos no cambiarán, al menos que obre un juicio de por medio.

Y finalmente, si no se cumple con todo lo anterior, la autoridad no está actuando con responsabilidad porque no resulta válida la solicitud de documentos con datos personales, ya requeridos previamente, sin que se soliciten para un trámite con finalidades distintas a las ya requeridas o con el objetivo de verificar la calidad de los datos personales.

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