Datos personales sensibles

Datos personales sensibles

Hablar de datos personales es referirnos a uno mismo; lo que sí ya resulta de cuidado, lo es más cuando hablamos de datos personales sensibles, porque al hablar de estos últimos es tratar de lo más íntimo de nosotros, de información que puede perjudicar gravemente a la persona cuando se hace mal uso de los datos.

Por lo anterior, es importante conocer qué y cuáles son los datos personales sensibles, para poder protegerlos.

En ese orden de ideas, se debe reconocer de entre los datos personales de aquellos que, al tomar en cuenta su sensibilidad, lo delicado de su naturaleza, pueden causar al titular de los mismos discriminación o riesgos graves.

Así es que se consideran como datos personales sensibles: el estado de salud, la creencia religiosa, la información genética, preferencia sexual, así como las opiniones políticas, creencias filosóficas, morales y religiosas. Y con estos ejemplos queda muy claro lo cuidadoso que se debe ser con aquellos, pues todos, sin excusa, tenemos la obligación legal de protegerlos. Esto tiene que quedar muy claro: los datos personales sensibles están protegidos legalmente; en específico en México se cuenta con legislaciones que cuidan estos datos tanto de aquellos que reciben y ejercen recursos públicos o realicen actos de autoridad en el ámbito de la federación, de las entidades federativas y los municipios, como de los particulares que los poseen.

Para empezar, la ley señala que los datos personales sensibles sólo podrán ser tratados, es decir, usados, registrados, difundidos, transferidos o cualquier acción hacia ellos, con el consentimiento expreso de su titular, lo que significa que nadie, por ningún motivo, puede tratar dichos datos sin que la persona acepte y esté consciente del uso que se les dará. Algo que siempre debe conocer el titular de estos datos es qué finalidad se le dará a los mismos: ¿para qué los quiere quien los pidió? Porque previamente a cualquier consentimiento, la persona debe estar segura y tranquila de proporcionar la información y, en caso de que se les dé un uso diferente, se estará en posibilidad de acudir a las instancias competentes (lo cual se analizará en la columna del próximo viernes).

También el consentimiento deberá quedar por escrito, lo cual resulta importante para acreditar en todo momento que, efectivamente, el titular acepta el tratamiento de estos datos tan íntimos, lo que demuestra la categoría especial que tienen estos datos, porque los estándares de protección son mayores.

Es de esta manera que este tema incumbe a todos y su valor radica en la protección de la intimidad; esta esfera de las personas no debe ser trastocada sin autorización, y si no se respeta se debe conocer el nivel de protección que la ley les otorga. Cuidemos de ellos, porque al hacerlo se cuida de la persona misma.

RMR

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