De hasta mil 848 pesos, la multa por estacionarte en lugar prohibido

Las sanciones económicas por estacionarse en lugares prohibidos van desde los 616 pesos hasta los mil 848 pesos
(Foto: Cortesía)
Las sanciones económicas por estacionarse en lugares prohibidos van desde los 616 pesos hasta los mil 848 pesos (Foto: Cortesía)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) invita los conductores de vehículos a no estacionarse en lugares prohibidos, para dar cumplimiento al Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado.

A fin de promover el respeto por los señalamientos de tránsito, además de los automovilistas y peatones, la dependencia hace un llamado a acatar lo dispuesto en el Artículo 67 del Reglamento, mismo que señala que se prohíbe estacionarse en los lugares siguientes:

I. Sobre las banquetas, camellones, andadores, isletas u otras vías reservadas a peatones, salvo lo previsto en otras disposiciones jurídicas aplicables.

II. Frente a una entrada de vehículos, excepto cuando se trate de la del propio domicilio del conductor.

III. En un tramo menor a cinco metros de la entrada de una estación de bomberos y vehículos de emergencia, y en un tramo de veinticinco metros a cada lado del eje de entrada en la acera opuesta a ella.

IV. A menos de treinta metros antes y después de la zona de ascenso y descenso de pasajeros del servicio público de transporte colectivo de pasajeros.

V. En lugares donde se obstruya la visibilidad de señales de tránsito a los demás conductores

Asimismo, sobre cualquier puente o estructura elevada de una vía pública o en el interior de un túnel; en las áreas de cruce de peatones; en las zonas autorizadas para cargar y descargar; en sentido contrario, y en los carriles exclusivos para transporte colectivo de pasajeros.

Además, frente a establecimientos bancarios, entrada de ambulancias en los hospitales o centros educativos, así como en los hidrantes para uso de los bomberos, y rampas especiales para personas con discapacidad, así como en zonas marcadas con color rojo.

De acuerdo al artículo 98, en sus fracciones II y V, quienes violen lo establecido en dicho reglamento, serán acreedores a sanciones económicas, que van desde los 616 pesos hasta los mil 848 pesos.

Boletín/rmr

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