Derecho a la salud y las consecuencias colaterales. Caso COVID-19

Derecho a la salud y las consecuencias colaterales. Caso COVID-19

La excepcional situación que está viviendo el país tras decretarse la suspensión oficial de actividades en todos los niveles educativos, por parte de la Secretaría de Educación Pública, suscita multitud de preguntas entre los trabajadores cuyas labores ven interrumpidas o modificadas y entre los padres de familia que deben acudir a sus empleos y, además, hacerse cargo de los niños que estarán en casa por la suspensión. La más reincidente de estas preguntas es ¿Estamos preparados para esta pandemia?

Contexto

En las últimas dos semanas el número de casos de coronavirus ha aumentado trece veces. Ya hay más de 118.000 casos en 114 países y 4291 personas han perdido la vida. El máximo responsable de la agencia de la ONU encargada de velar por la salud de todos en el planeta está alarmado por la falta de actuación para frenar el virus y afirma que la consideración de pandemia "no puede ser una aceptación injustificada de que la lucha ha terminado", porque nos llevaría a muertes y a un sufrimiento innecesario.

La pandemia debe entenderse como la propagación mundial de una nueva enfermedad. Se produce una pandemia de gripe cuando surge un nuevo virus gripal que se propaga por el mundo y la mayoría de las personas no tienen inmunidad contra él. Por lo común, los virus que han causado pandemias con anterioridad han provenido de virus gripales que infectan a los animales.En algunos aspectos la gripe pandémica se parece a la estacional, pero en otros puede ser muy diferente. Por ejemplo, ambas pueden afectar a todos los grupos de edad y en la mayoría de los casos causan una afección que cede espontáneamente y va seguida de una recuperación completa sin tratamiento. Sin embargo, por lo general la mortalidad relacionada con la gripe estacional afecta sobre todo a los ancianos mientras que otros casos graves aquejan a personas que padecen una serie de enfermedades y trastornos subyacentes.

Condiciones para una posible pandemia
La OMS indica que para que pueda aparecer una pandemia, se necesita:

• Que aparezca un virus nuevo, que no haya circulado previamente y, por lo tanto, no exista población inmune a él.
• Que el virus sea capaz de producir casos graves de enfermedad.
• Que el virus tenga la capacidad de transmitirse de persona a persona de forma eficaz.
La Organización Mundial de la Salud ha declarado este miércoles pandemia por coronavirus, (Covid-19), esto tras la preocupación por los alarmantes niveles de propagación y gravedad sumados a los alarmantes niveles de inacción.

Derecho a la salud

La Constitución de la Organización Mundial de la Salud afirma que "el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano."

En México, el artículo 4 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. Contempla derechos importantes estrechamente relacionados como el derecho a la alimentación, al agua, a la vivienda, a un ambiente limpio y sano, a los derechos del niño, entre otros. Derecho que esta garantizado de manera armonizada por el Estado de Michoacán.

El derecho al "grado máximo de salud que se pueda lograr" exige un conjunto de criterios sociales que propicien la salud de todas las personas, entre ellos la disponibilidad de servicios de salud, condiciones de trabajo seguras, vivienda adecuada y alimentos nutritivos. El goce del derecho a la salud está estrechamente relacionado con el de otros derechos humanos tales como los derechos a la alimentación, la vivienda, el trabajo, la educación, la no discriminación, el acceso a la información y la participación.

El derecho a la salud abarca libertades y derechos. Entre las libertades se incluye el derecho de las personas de controlar su salud y su cuerpo (por ejemplo, derechos sexuales y reproductivos) sin injerencias (por ejemplo, torturas y tratamientos y experimentos médicos no consensuados); Los derechos incluyen el derecho de acceso a un sistema de protección de la salud que ofrezca a todas las personas las mismas oportunidades de disfrutar del grado máximo de salud que se pueda alcanzar.

Las políticas y programas de salud pueden promover o violar los derechos humanos, en particular el derecho a la salud, en función de la manera en que se formulen y se apliquen. La adopción de medidas orientadas a respetar y proteger los derechos humanos afianza la responsabilidad del sector sanitario respecto de la salud de cada persona.

La suspensión es para evitar la propagación del COVID-19, lo que permitiría al Estado Mexicano garantizar el derecho a la salud de todas y todos los mexicanos, sin embargo, se requiere un compromiso político para que desde los más altos rangos se haga un llamado a toda la población a acatar las medidas con el fin de frenar la pandemia. Ya que, en caso de no tomar las medidas indicadas, lavarse las manos constantemente, mantenerse en aislamiento, evitar lugares concurridos, estornudar en el interior del codo y no en la mano, entre las más destacada, el Estado podría verse rebasado en materia de salud y, en un escenario considerablemente probable, no poder garantizar el derecho a la salud de todas y todos los mexicanos.

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