En dos semanas votarían dictamen sobre regulación de marchas y manifestaciones

Según el predictamen emitido en 2016, se deja a salvo el derecho de asociación, reunión o manifestación pacífica con cualquier objeto lícito, mientras se usen armas, violencia, ni se dañe la integrad o patrimonio de terceros (Foto: Archivo ACG)
Según el predictamen emitido en 2016, se deja a salvo el derecho de asociación, reunión o manifestación pacífica con cualquier objeto lícito, mientras se usen armas, violencia, ni se dañe la integrad o patrimonio de terceros (Foto: Archivo ACG)

Por: Sayra Casillas/@SayraCasillas2

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Aproximadamente en dos semanas convocaría la comisión de Gobernación a los miembros de las de Puntos Constitucionales y Derechos Humanos para la votación del dictamen referente a las iniciativas de ley que prevén la regulación de manifestaciones, marchas, plantones, obstrucción de edificios públicos, y otras medidas de presión que se realizan en el estado.

Tal dictamen está listo desde finales de 2016, sin embargo, se mantiene en la llamada "congeladora legislativa", ante las posturas encontradas entre las distintas bancadas, según lo admitió en entrevista el presidente de la comisión de gobernación, Mario Armando Mendoza Guzmán.

"El tema de la ley de marchas ha sido una postura política, eso está claro, hay grupos políticos que están a favor y grupos que están en contra, con todo el derecho", expuso.

El análisis de las iniciativas que, por separado pero en el mismo sentido, presentaron los diputados María Macarena Chávez Flores, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), y del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Ernesto Núñez Aguilar, está a cargo de las comisiones parlamentarias de Puntos Constitucionales, Derechos Humanos y Gobernación, esta última encabeza los trabajos.

Según el predictamen que se hizo público durante el 2016, y que posteriormente fue modificado con propuestas de algunos congresistas –incluso del PRD-, se deja a salvo el derecho de asociación, reunión o manifestación pacífica con cualquier objeto lícito, "siempre que en el ejercicio de estos derechos no se haga uso de armas, de violencia, o se dañe la integridad personal o patrimonial de las personas".

Reconoce el derecho de utilizar los espacios, lugares públicos y vías públicas para el ejercicio de manifestación, pero advierte que ningún ciudadano o autoridad podrá limitar el tránsito de peatones o vehículos, "salvo en los casos señalados en la presente Ley y la Legislación Electoral aplicable".

Añade que "al manifestarse las personas no podrán realizar actos que eviten el cumplimiento de la finalidad regular de los lugares públicos, o bien, que impidan el desarrollo de las actividades que, en ejercicio de sus derechos, realicen quienes no participan en la manifestación".

Las autoridades tendrían la obligación de proteger la integridad de las personas que utilicen espacios o lugares públicos y vialidades con el fin de manifestarse o marchar y de aquellos que concurran en dichos lugares con fines diversos; atender las peticiones de apoyo, auxilio y seguridad, que al respecto presenten las personas, asociaciones y grupos; establecer protocolos de atención para el desahogo del tránsito vial, para evitar daños a las personas y bienes muebles; vigilar y evitar actos ilícitos, durante el desarrollo de una manifestación.

Se contempla un capítulo para los protocolos de seguridad, tránsito y protección civil que deberán seguir las autoridades responsables, con la presencia incluso de representantes de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Además, se prevé un artículo relativo a los derechos de las personas manifestantes, entre los que destacan: recibir audiencias con autoridades en las que puedan hacer sus planteamientos, solicitar servicios médicos, de rescate y protección, tránsito, para la salvaguarda de su integridad física; y  requerir la presencia policíaca, en caso de percatarse de la realización de conductas o de hechos violentos que puedan causar daño a personas o bienes de terceros, o que afecten el desarrollo de la manifestación.

En contraparte, los manifestantes estarían obligados a respetar durante el desarrollo de la manifestación los espacios o lugares públicos, o vialidades, así como bienes de particulares; dar aviso a las autoridades de situaciones de riesgo, sobre injerencias arbitrarias de terceras personas o autoridades, que desvirtúen el objeto de la manifestación; respetar el libre ejercicio de los derechos de las personas no manifestantes; y reportar a quienes cometan daños a los espacios o lugares públicos, o vialidades.

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