Elección de consejeros universitarios

Un gran pendiente en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) es la armonización de su marco jurídico para evitar lesionar los intereses de los universitarios (profesores, alumnos y trabajadores) acorde a la Ley Orgánica vigente (1986), en la presente semana se realiza el proselitismo de candidatos profesores y alumnos de las diversas dependencias de la Casa de Hidalgo al H. Consejo Universitario por un periodo de 2 años.

Los Sindicatos Titulares de Contratos Colectivos de Trabajo, la Sociedad de ex Alumnos Nicolaitas y las Casas del Estudiante también eligen a sus representantes conforme a sus propios reglamentos, debiendo acreditar su designación mediante el acta de elección correspondiente; designaciones realizadas de manera obscura donde se limitan los derechos de muchos universitarios por la discrecionalidad en que se desarrollan, en especial de estudiantes miembros de los diversos albergues estudiantiles.

En el camino a la elección quedan muchos inconformes, quienes no cuentan con una garantía de defensa efectiva al interior de la UMSNH, debiendo interponer un juicio de amparo ante el Poder Judicial de la Federación, ya que el Tribunal de Justicia Administrativa Estatal por disposición expresa en ley se encuentra impedido para conocer de impugnaciones a los actos universitarios, muchas veces el órgano colegiado encargado de la elección violentan derechos humanos tanto universitarios, constitucionales y convencionales al no reconocer por nimiedades a quienes aspiran a una candidatura, enfrentándose a una "burocracia" jurisdiccional bajo una serie de prevenciones a las peticiones de amparo formuladas, sin suplirles la deficiencia de la queja a la que hoy los impartidores de justicia se encuentran obligados.

Un Derecho Humano Universitario para profesores y alumnos es el de "Votar y ser votado en los términos que establece la Ley Orgánica de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo y los Reglamentos respectivos, para la integración del Consejo Universitario, Consejos Técnicos y demás organismos colegiados de la Universidad", derecho que se contiene en la "Cartilla de los Derechos Humanos de los Universitarios Nicolaitas" del 9 de agosto de 2011.

Precisamente he analizado las diversas propuestas de los candidatos en la dependencia de mi adscripción que es la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y ninguno alude a la promoción, respeto, protección y garantía de los Derechos Humanos Universitarios, que en caso de ser ganadores y al formar parte de la autoridad máxima del gobierno de la Universidad, están obligados a acatar por mandato constitucional.

Una vez más, estamos en época electoral en la Universidad, desde la otra orilla se observa distinto, una época donde es fácil prometer para posteriormente olvidar; en la mayoría de los casos este tipo de puestos son utilizados para "brincar" al siguiente: de consejero técnico a consejero universitario (e incluso ambos a la vez) y después, ¿porque no?, a la dirección de la dependencia e incluso a la rectoría misma, o igual después de la lucha "académica" a un puesto donde se le pueda servir a los poderes del Estado, para "ponderar" derechos y decretar la figura de "Huelga de puertas abiertas", algo parecido a lo que sucede dentro de la política nacional.

Basta de que la UMSNH sea un botín político, esperemos que la renovación del H. Consejo Universitario sea una oportunidad para como académicos ser generosos con ella, porque a ella nos debemos y el pago es mediante el servicio efectivo a los demás.

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