Emite Consejería Jurídica lineamientos para elaboración de Instrumentos Jurídicos

Los convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos similares que no sean firmados por el Gobernador del Estado, podrán seguir los presentes lineamientos (Foto: Ilustrativa)
Los convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos similares que no sean firmados por el Gobernador del Estado, podrán seguir los presentes lineamientos (Foto: Ilustrativa)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La Consejería Jurídica (órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobierno), emitió los lineamientos para elaboración, Suscripción, Seguimiento y Evaluación de Convenios, Contratos y demás Instrumentos Jurídicos.

Lo anterior, con el objeto de establecer el procedimiento administrativo que deben observar estrictamente las dependencias, entidades y coordinaciones que pretendan suscribir convenios, contratos o cualquier otro instrumento jurídico.

En el documento la Consejería Jurídica informa que dichos lineamientos, además de abonar a la mejora regulatoria y en consecuencia a la simplicidad en la emisión de instrumentos jurídicos, promoverá la eficacia y eficiencia gubernamental en todos sus ámbitos, redundando en beneficio de la población michoacana.

En los lineamientos se detalla que para la Elaboración, Suscripción, Seguimiento y Evaluación de Convenios, Contratos y demás Instrumentos Jurídicos, "son de observancia general y obligatoria para las dependencias, entidades y coordinaciones de la Administración Pública Estatal".

Los convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos similares que no sean firmados por el Gobernador del Estado, explica el documento, podrán seguir los presentes lineamientos en lo que resulten aplicables, observando siempre la normatividad de cada caso.

Ante ello, los objetivos de los lineamientos son: Primero, determinar las bases, procedimientos, requisitos y criterios que deberán observar las dependencias, entidades o coordinaciones promoventes de convenios, contratos y otros instrumentos jurídicos, para la validación de estos.

Así como establecer el procedimiento de revisión de dichos acuerdos, decretos, iniciativas, reglamentos y demás instrumentos jurídicos similares.

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