Hasta 3 años de cárcel para evasores de pensión alimenticia, en Michoacán

Tanto al deudor alimentario, como a quienes oculten información sobre su ingreso real (Foto: Pixabay)
Tanto al deudor alimentario, como a quienes oculten información sobre su ingreso real (Foto: Pixabay)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El Pleno de la LXXIV Legislatura Local en el Congreso del Estado, aprobó la reforma propuesta por la diputada Lucila Martínez Manríquez, con la que se reformó el artículo 182 del Código Penal del Estado, sobre insolvencia simulada, por lo que se sancionará en Michoacán de uno a tres años de prisión o de cuatrocientos a setecientos días multa y pago, tanto al deudor alimentario, como a quienes oculten información sobre su ingreso real.

Tanto el deudor alimentario como quien oculte información, tendrán la misma sanción, además de que se deberá reparar el daño de las cantidades no suministradas oportunamente.

Con esta reforma aprobada este sábado, Lucila Martínez logra que se protejan los derechos fundamentales de los menores, al establecer sanciones para evitar que por actos de simulación de los padres o tutores se incumpla con la responsabilidad de alimentación y manutención, apoyados por los empleadores, al ocultar la información real a la autoridad.

Como estaba la norma vigente en el artículo 182 del Código Penal se sanciona al deudor alimentario por eludir su obligación renunciando a su empleo o solicitando licencia sin goce de sueldo, por ello, la vialidad de la reforma aprobada este día para que los empleadores y quienes tienen la obligación de pago, serán sancionados cuando participan dolosamente en la simulación para reducir el monto de la obligación alimentaria, pues el daño ocasionado es exactamente el mismo.

Lucila Martínez reiteró que además de sancionar al deudor alimentario que se vuelve deliberadamente insolvente, se sancionará también a quien lo ayude a simular serlo, con lo que se podrá proteger más los derechos de los menores.

"La simulación de los actos administrativos y jurídicos debe ser combatida y tomada en cuenta como una acción que daña principalmente a personas en situación de vulnerabilidad. Así en el caso que nos ocupa, los empleadores, sean éstos de naturaleza pública o privada".

Lucila Martínez resaltó que con esta reforma se beneficia a los menores, y se protegen más sus derechos, al establecer una medida más para que quienes tienen la obligación de pagar alimentos lo hagan, sin ocultar ni simular.

"En Michoacán se castigará a los empleadores que con el ánimo de ocultar los ingresos íntegros y reales del trabajador, con el fin de eludir las órdenes judiciales para satisfacer la legítima demanda de suministro de alimentos, falsean, modifican, ocultan o de cualquier modo simulan ante el Juez un ingreso menor del efectivamente devengado por el trabajador, lo que penalmente constituye la comisión de un delito".

Lucila Martínez reiteró que la naturaleza jurídica de los alimentos, no es una concesión graciosa, ni tampoco es una atribución voluntaria, sino que la obligatoriedad en muchos de los casos se finca en base al interés superior del niño y a la situación de vulnerabilidad de la persona menos favorecida económicamente; por tal motivo, no pueden ser objeto de negociación, arbitraje y mucho menos simulación.

Por: Boletín/AV

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