Hasta de $2 mil 600, multa por desacatar aislamiento obligatorio en Michoacán

Otra de las sanciones es hacer trabajo comunitario (Foto: Cortesía)
Otra de las sanciones es hacer trabajo comunitario (Foto: Cortesía)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Hasta de 2 mil 600 pesos sería la multa para la persona que desacate el aislamiento obligatorio en Michoacán, que inició por decreto oficial este lunes 20 de abril de 2020 en el estado.

Y es que luego de que el gobernador firmó el "Decreto por el que se declara el aislamiento obligatorio ante la pandemia del virus Sars-Cov2 (Covid-19)", horas más tarde se publicó en el Periódico Oficial de Michoacán.

En la publicación estatal se estableció que la multa para quien desacate las medidas anunciadas por la autoridad oscilan entre las diez a treinta Unidades de Medida y Actualización (UMAS), es decir, de los 868.8 hasta 2 mil 606.4 pesos.

Para 2020, el valor diario de la UMA es de: $86.88 pesos mexicanos, el valor mensual es
de $2,641.15 pesos mexicanos y el anual de $31,693.80 pesos mexicanos. La UMA es la unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia económica en pesos para
determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores, establecida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Otras sanciones tienen que ver con que si el infractor no paga la multa que se le impuso, se permutará ésta por trabajo comunitario que no excederá de tres días, o el arresto correspondiente, que no excederá en ningún caso de treinta y seis horas; y si el infractor es reincidente, se le aplicará arresto hasta por treinta y seis horas, sin opción de permuta a trabajo comunitario.

¿Quiénes pueden circular mientras dure el decreto?

(Foto: Cortesía)
(Foto: Cortesía)

Silvano Aureoles Conejo, gobernador, dijo que solo las personas tienen permitido salir si van a comprar alimentos, productos farmacéuticos o de primera necesidad, quienes vayan a los hospitales, establecimientos sanitarios, a asistir o cuidar adultos mayores, menores de edad, dependientes o con discapacidad, así como para quienes se desplacen a su lugar de trabajo.

También podrán hacerlo las personas que acudan a bancos o instituciones de seguros o quienes deben salir por causa de fuerza mayor plenamente justificadas.

https://www.facebook.com/SilvanoAureoles/videos/1256447277894279/?t=0

Por: Redacción/R

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