Imparcialidad y equidad

Imparcialidad y equidad

Generar condiciones de Imparcialidad y Equidad en la competencia electoral tanto a nivel federal como a nivel local, motivó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral a tomar tres resoluciones ejerciendo la facultad de atracción para fijar lineamientos, mecanismos y criterios, el pasado 21 de diciembre.

En la primera de estas resoluciones se concentra en fijar los mecanismos y criterios tendentes a garantizar los principios de imparcialidad y equidad en los procesos electorales federal y locales 2020-2021; entre los cuales se ordena reforzar la difusión de 14 enunciados para prevenir la coacción y presión en el electorado.

También se definen una serie de criterios para las funcionarias y funcionarios de la mesa directiva de casilla, el día de la jornada electoral, particularmente las acciones que deberá hacer quien la presida para garantizar el ejercicio libre y secreto del sufragio; de manera que procurará inhibir cualquier ejercicio que intente o pretenda violar la secrecía del voto.

Quienes estén acreditados para ejercer legalmente el derecho a la observación electoral coadyuvarán a la erradicación de la compra y coacción del voto, vigilando el cumplimiento de la ley y comunicando al INE sobre algún acto o conducta que pueda constituir compra o coacción del voto.

En la misma resolución se precisan una serie de conductas realizadas por cualquier persona servidora pública que se consideran que atentan contra el principio de imparcialidad en la aplicación de recursos públicos y, por tanto que afectan la equidad de la competencia; además de precisar conductas que no deben realizar el Presidente de la República, así como quienes ostenten las gubernaturas, las presidencias municipales, las alcaldías, las sindicaturas y las regidurías, así como todas aquellas personas servidoras públicas, como el asistir en días hábil a actos de proselitismo; o utilizar recursos públicos, materiales y humanos para difundir propaganda; inclusive una serie de parámetros para los informes de labores que rindan las servidoras y los servidores públicos; entre los que destaca que en ningún caso podrán tener verificativo durante las campañas electorales, veda electoral e, inclusive, el día de la Jornada Electoral.

Adicionalmente se precisan términos para la propaganda gubernamental que debe tener carácter institucional y fines informativos educativos o de orientación social, y su prohibición desde las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada comicial.

Aunque es importante precisar que para garantizar el derecho a la información de la ciudadanía, no se suspenderá o darán de baja páginas de internet de instituciones de gobierno, pero evitando incluir elementos visuales, auditivos, imágenes, nombres, lemas, frases, expresiones, mensajes o símbolos que conlleven velada, implícita o explícitamente, la promoción de un gobierno o sus logros.

En la segunda de las resoluciones se fijan mecanismos y criterios sobre la aplicación de programas sociales conforme a los principios de imparcialidad en la aplicación de recursos públicos y equidad en los procesos electorales federal y locales 2020-2021; en la cual se aprueba la difusión de 6 mensajes para contribuir a la debida observancia de las reglas existentes sobre la aplicación de programas sociales.

Entre los criterios que se establecen se encuentra que a partir del inicio de las campañas electorales y hasta la conclusión de las jornadas electorales, no podrán operarse programas federales o locales no contemplados previamente, ni crearse nuevos programas sociales, también que si se utiliza el padrón de beneficiarios con fines y términos distintos a las reglas de operación, con el objeto de promocionar a cualquier gobierno, partido político, coalición o candidatura, es contrario al principio de imparcialidad.

La Resolución refiere que desde el inicio de las campañas, los beneficios de los programas sociales, no pueden ser entregados en eventos masivos o en modalidades que afecten el principio de imparcialidad.

En ambas resoluciones hasta aquí descritas, se instruye al Secretario Ejecutivo disponga las medidas conducentes para la difusión del contenido de la Resolución a las servidoras y los servidores públicos de los distintos ámbitos de gobierno, a través de los Vocales Ejecutivos Locales y Distritales del INE.

La Tercera resolución establece los Lineamientos para garantizar la equidad entre los participantes en la contienda electoral, de observancia general y obligatoria, para los comicios locales y federales. Tienen por objeto regular la difusión de propaganda que se realice o difunda en cualquier medio que implique promoción y posicionamiento de una persona, partido político o coalición para la obtención de una precandidatura o candidatura.

Con estas resoluciones se fijan con mucha precisión y claridad condiciones de imparcialidad y equidad para el proceso electoral en curso, esperemos que no haya sorpresas que inhiban estas intenciones por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

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