Impone TEEM multa económica a tesorera y contralor de Ocampo

La multa será de 50 UMA (Foto: Archivo)
La multa será de 50 UMA (Foto: Archivo)

Por: Sayra Casillas / @SayraCasillas2

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Por omisión en la entrega de información de estados financieros y gastos de compras, magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) impusieron a la tesorera y contralor del municipio de Ocampo una sanción económica por cuatro mil 224.50 pesos, equivalentes a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA), misma que deberá hacer efectiva la Secretaría de Finanzas y Administración del gobierno estatal.

Dicha resolución se desprende del proyecto de acuerdo plenario relacionado con el cumplimiento parcial de la sentencia emitida el pasado 16 de julio, en el juicio ciudadano TEEM-JDC-022/2019.

Durante la sesión que celebraron este día los magistrados del TEEM quedó en evidencia que el presidente y secretario del Ayuntamiento de Ocampo cumplieron con lo mandatado en esa sentencia, no así la tesorera y el contralor de la misma demarcación.

"Lo anterior, tomando en consideración que las constancias que obran en el expediente en el que se actúa, se acreditó que conforme a lo ordenado en la sentencia, como se dijo, el presidente y secretario acordaron celebrar las sesiones de cabildo en que se someterían nuevamente a consideración de los integrantes del Ayuntamiento los puntos del orden del día tratados en las sesiones ordinarias celebradas el 15 y 27 de marzo, y en ese mismo día convocaron a la actora (Elizabeth Guzmán Vilchis). Posteriormente, se desahogaron las sesiones de cabildo de mérito en las que se trataron los puntos del orden del día que correspondieron a las sesiones que debían reponerse".

Añaden: "por otra parte, también se justificó en autos que el secretario entregó a la actora la información y copias certificadas relacionadas con las sesiones de cabildo de la actual administración municipal, que previamente había solicitado, y que corresponden a las ordenadas en la sentencia".

Evidencian que, por el contrario, no hay elementos comprobatorios sobre el cumplimiento por parte de la tesorera y el contralor a lo mandatado en la sentencia, pese a dos apercibimientos, uno decretado en la sentencia y otro el 6 de agosto del presente año.

SG

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