Existen inconformidades de solicitantes en las que hacen saber al IMAIP (como órgano garante del derecho de acceso a la información) de la entrega de documentos completamente testados, es decir, totalmente eliminados o tachados. El motivo que las autoridades han dado a los solicitantes es que dichos documentos tienen datos personales y, por tanto, tienen que proteger a la persona titular de los mismos.
Sin embargo, lo anterior es ilegal. Existe el derecho a la protección de datos personales; no obstante, esto no debe impedir que las personas accedan a toda la información pública en posesión de las autoridades.
Por tanto, para lograr un equilibrio entre lo señalado –la protección de datos personales y la máxima publicidad–, existen leyes y lineamientos que nos dicen cómo deben elaborarse versiones públicas, cuando los documentos contienen información personal.
En específico, y por ser muy claros, hago mención de los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la Elaboración de Versiones Públicas, en los que se menciona la obligación de las autoridades a crear versiones públicas; en otras palabras: documentos a partir de los cuales se va a otorgar acceso a la información, en el que se testarán partes o secciones clasificadas.
En atención a estos lineamientos y en relación con los datos personales, se considera como información confidencial:
La información confidencial no es pretexto para negar el acceso a los documentos públicos; así que, en el momento en que los solicitantes reciban un documento mal testado o, incluso, que no se le entregue la información, pueden iniciar un procedimiento gratuito denominado recurso de revisión ante el IMAIP, en el que se resolverá y requerirá a la autoridad, si se acreditara la vulneración del derecho de acceso a la información a entregar la versión pública de manera correcta.