Intervención de comunicaciones privadas sólo para combatir al crimen: López Solís

Se utiliza como complemento de las labores de inteligencia que se llevan a cabo para combatir al crimen
(Foto: ACG)
Se utiliza como complemento de las labores de inteligencia que se llevan a cabo para combatir al crimen (Foto: ACG)

Por: Sayra Casillas/@SayraCasillas2

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Michoacán cuenta con equipo para la intervención de comunicaciones privadas, mismo que se utiliza para efectos de investigación de hechos delictivos y con autorización judicial, manifestó el secretario de gobierno del estado, Adrián López Solís.

El encargado de la política interior del estado fue enfático al comentar que dicha tecnología está permitida por la Constitución (Artículo 16) y se utiliza como complemento de las labores de inteligencia que se llevan a cabo para combatir al crimen.

"Hay procedimientos para la intervención de comunicaciones privadas con autorización judicial y a través de instancias de investigación, no lo puede hacer ninguna parte del gobierno de manera indiscriminada ni lo puede hacer cualquiera en el momento en que se le ocurra ni con fines distintos a los de la investigación en caso de delitos", subrayó.

En entrevista colectiva, dijo entender la inquietud suscitada entre líderes sociales y trabajadores de medios de comunicación por el hecho que se pudieran ser intervenidas sus comunicaciones privadas, pero aseguró que ello no ocurre en la entidad.

Hay que recordar que el tema se puso en la agenda pública luego de que un rotativo estadounidense publicó presuntas prácticas de espionaje por parte del gobierno federal, dirigidas a defensores de derechos humanos, periodistas y activistas anticorrupción del país.

El artículo 16 çconstitucional señala que las comunicaciones privadas son inviolables, excepto cuando sean aportadas de forma voluntaria por alguno de los particulares que participe en ellas.

"El juez valorará el alcance de éstas, siempre y cuando contengan información relacionada con la comisión de un delito. En ningún caso se admitirán comunicaciones que violen el deber de confidencialidad que establezca la ley. Exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada", refiere el texto.

Agrega que para que se otorgue dicha autorización, la autoridad competente deberá fundar y motivar las causas legales de la solicitud, "expresando además, el tipo de intervención, los sujetos de la misma y su duración. La autoridad judicial federal no podrá otorgar estas autorizaciones cuando se trate de materias de carácter electoral, fiscal, mercantil, civil, laboral o administrativo, ni en el caso de las comunicaciones del detenido con su defensor".

CA

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