Juez suspende amparo a trabajador de la Junta de Caminos de Michoacán

El amparo estaba relacionado al Decreto de extinción de ese organismo 
(Foto: Google maps)
El amparo estaba relacionado al Decreto de extinción de ese organismo (Foto: Google maps)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El Juzgado Segundo de Distrito del Poder Judicial de la Federación con sede en esta capital negó en definitiva la suspensión del amparo y protección de la justicia federal que solicitó el trabajador de la Junta de Caminos, Martín Barajas Sánchez, sobre el Decreto que ordena la extinción, así como liquidación de esta dependencia, el cual fue promovido por el Ejecutivo estatal.

El 6 de enero de este año fue publicada la sentencia en contra del empleado de dicho organismo público descentralizado por el juez Segundo de Distrito, Salvador Martínez Calvillo, bajo el expediente del juicio de amparo I-1382/2019-C, una vez que el gobernador de Michoacán, Silvano Aureoles Conejo, publicó en el Periódico Oficial del Estado la desaparición de la Junta de Caminos al considerar que el área del Ejecutivo no tiene razón de ser para seguir existiendo, puesto que los trabajos realizados en las carreteras estatales son también llevados a cabo por la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas (SCOP).

La resolución emitida por el Juzgado con sede en la capital michoacana señala lo siguiente:

"De concederse la medida cautelar solicitada contra la aplicación y efectos producidos por el decreto en comento se traduciría en un prejuicio de interés social y contravención de normas de orden público, pues tanto la sociedad como el Estado tienen interés en evitar gastos innecesarios que se pudieran generar con la existencia de la Junta de Caminos, ya que se privaría a la colectividad de los recursos económicos para la satisfacción de las necesidades comunes".

Además, se indicó en la sentencia que, de concederse dicha suspensión, se le permitiría al quejoso gozar de prestaciones laborales que se generaban antes de la publicación del decreto reclamado, por lo que el perjuicio que puede resentir el quejoso resulta de menor entidad frente a la afectación causada a la colectividad.

Es decir, que a juicio del Juez de Distrito, conceder la medida cautelar al trabajador de la Junta de Caminos, se contravienen disposiciones de orden público e interés social por lo que se impone negar la suspensión definitiva solicitada.

Fue el pasado 25 de noviembre cuando se dio a conocer la publicación de dicho Decreto, el cual fue calificado como "ilegal" por parte del secretario general del Sindicato de la Junta de Caminos, Rodrigo Vences Correa, pues el mandatario estatal violentó cada una de las atribuciones que tienen los diputados locales, quienes eran los únicos con las facultades para extinguir la dependencia.

Ante lo cual, el dirigente sindical informó que recurrirán a la vía del amparo a fin de revertir la disposición del Ejecutivo estatal, sin embargo, el pasado 6 de enero el Juez Martínez Calvillo negó la suspensión definitiva de los actos reclamados a las autoridades federales, situación que podría repetirse a los demás juicios interpuestos por los trabajadores de la Junta de Caminos.

Sobre el particular, MiMorelia.com buscó al dirigente del gremio para conocer su postura sobre la negativa del amparo, y también si estarían recurriendo a otras instancias jurídicas, pero este medio de comunicación no obtuvo ninguna respuesta positiva.

Por: Guadalupe Martínez/rmr

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