La filtración

La filtración

El Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito el pasado domingo 26 de abril llevó a cabo una sesión vía remota, mediante la cual se resolverían varios recursos de queja promovidos por el gobernador del Estado de Michoacán contra diversos acuerdos dictados por el Juzgado Séptimo de Distrito con residencia en Morelia, que concedían la suspensión provisional dentro de los juicios de amparo promovidos por quejosos inconformes por el Decreto del anterior lunes 20 de los corrientes, dictado por el recurrente, mediante el cual contrariando normas constitucionales y convencionales restringe la libertad de tránsito de los michoacanos a partir de esa fecha y hasta el 17 de mayo próximo.

La información contenida en el sistema de consulta electrónica de expedientes administrado por la Dirección General de Gestión Judicial del Poder Judicial de la Federación (PJF), por la tarde de dicho día, consignaba diversa información genérica respecto del sentido en que se estaban resolviendo los recursos de queja, precisando que la notificación de las ejecutorias mediante las cuales se revocaban dichas suspensiones provisionales, estaban siendo notificadas el día lunes 27 siguiente.

Por la tarde del domingo 26 recibí varios archivos de manera electrónica de parte de terceros que contenían diversas ejecutorias vinculadas a los recursos de queja en comento, en dichos documentos se contienen datos personales de los quejosos promoventes del juicio de amparo, violentando con ello derechos humanos de estos, situación irregular en virtud de que dichos archivos solo los podrían tener por un lado la autoridad recurrente, el quejoso y el propio órgano jurisdiccional que dictaba tal determinación, de donde se arriba que alguien del Tribunal Colegiado de Circuito realizaba una "filtración" al difundirlos de manera ilegal, lo que incluso permitió que varios medios de comunicación dieran cuenta de ello.

Se dice lo anterior, ya que es evidente que el día domingo 26 nadie había sido notificado de estas; veamos, a las 18:36 hrs; recibía la ejecutoria del recurso de queja 52/2020 relativa al juicio de amparo 292/2020 que integra a seis quejosos; a las 19:22 hrs; recibía la ejecutoria del recurso de queja 56/2020 relativa al juicio de amparo 56/2020 que integra a un quejoso; a las 19:38 hrs; recibía la ejecutoria del recurso de queja 53/2020 relativa al juicio de amparo 293/2020 que integra a tres quejosos; en cada uno de los archivos se contienen datos de los secretarios que estuvieron a cargo de los proyectos relativos, de sus firmas electrónicas, así como de las horas en que se firmaban.

¿Quién realizó la filtración? El Consejo de la Judicatura Federal deberá tomar cartas en el asunto e investigar de donde vino la filtración beneficiando mediáticamente con ello al titular del Poder Ejecutivo del Estado, no hay más; los comentarios sobre la relación de uno de los magistrados del órgano jurisdiccional con el gobernador de la entidad y con ello un conflicto de intereses quedan solo en eso, en comentarios, al no existir pruebas de ello; la "difusión" de las resoluciones del PJF deben guardar la reserva debida respecto de los datos personales de las partes, pero hoy por la premura olvidaron "cuidar" esos "detalles". @lvarezmoreno

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