La ubicación de casillas

La ubicación de casillas

El proceso electoral en curso avanza, de manera que el día 15 de enero se suma un eslabón más de la organización de las elecciones, que se trata de la ubicación de las casillas.

El procedimiento se relaciona con otro que se refiere a la actualización de la Lista Nominal de Electores que también sigue su curso. Porque hay reglas para ubicar casillas, la primera es cuantitativa, que tiene que ver que se instala una casilla por cada 750 electores; la segunda tiene que ver con la geografía, ya que se agrupan a las personas electoras en un ámbito territorial que se diseña y que se actualiza para que no rebase los 3000 electores, pero tampoco sea menor a 100. Ese ámbito geográfico se denomina sección.

Aunque la propia dinámica poblacional y los ritmos electorales, así como la disponibilidad presupuestal (porque se tienen que sustituir credenciales para votar al dividirse una sección en varias secciones), llega a generar secciones que rebasen los 3000 electores.

Las secciones en México comenzaron a aparecer en la legislación electoral en las Bases para la Elección del Nuevo Congreso del 17 de junio de 1823, que representa un instrumento legislativo de transición, porque aún se utiliza la figura de la parroquia para organizar la captación del voto; pero al percibir de la existencia de comarcas populosas se previó la posibilidad de dividir en secciones a la población.

Otro criterio curioso de las secciones proviene de la Ley Electoral Federal de 1951 que facultaba a los Comités Electorales Distritales a que en las zonas rurales "se formarán secciones de manera que la casilla no se instale a más de ocho kilómetros del domicilio de un electoral de sección".

Pues bien, la lógica de ubicación de casillas en México tiene como fundamento colocar a la ciudadanía lo más cercano a su domicilio, la casilla que capta la votación. Ha habido intensiones de reconsiderar esta disposición para generar Centros de Votación que disminuyan costos y faciliten la supervisión; sin embargo, en este proceso electoral con la pandemia del coronavirus Sars-Cov2 que genera el Covid-19; lo mejor es no tener a la población en grandes conglomerados.

La legislación refiere que por cada sección se instalará una casilla por cada 750 electores o fracción; de manera se agrupa a los electores en orden alfabético por su apellido y se dividen entre dos cuando rebasan los 750, pero entre tres cuando se rebasan los 1500, o entre cuatro cuando se rebasan los 2250, y así sucesivamente. De manera que la primera casilla se le denomina básica y las siguientes contiguas.

Pero, además, la ley prevé que cuando las condiciones geográficas de infraestructura o socioculturales de una sección hagan difícil el acceso de todos los electores residentes en ella a un mismo sitio, podrá acordarse la instalación de varias casillas extraordinarias en lugares que ofrezcan un fácil acceso a los electores.

Adicionalmente la ley prevé la instalación de casillas especiales para la recepción del voto de los electores que se encuentren transitoriamente fuera de la sección correspondiente a su domicilio, de manera que en cada distrito electoral federal se podrá instalar hasta diez casillas especiales.

La legislación también dispone que se preferirán como lugares para la ubicación de casillas las escuelas y oficinas públicas, aunque las circunstancias de la sección pueden generar que sea un lugar público o un domicilio particular, pero que no sean casas habitadas por servidores públicos de confianza de cualquier nivel de gobierno, no sean inmuebles habitados o propiedad de dirigentes de partidos políticos o candidatos registrados en la elección; tampoco deben ser establecimientos fabriles, templos o locales destinados al culto, o locales de partidos políticos. Menos aún ser locales ocupados por cantinas, centros de vicio o similares. También se debe cuidar que, en un perímetro de cincuenta metros, no existan oficinas de partidos políticos, agrupaciones políticas o casas de campaña de quienes tienen una candidatura.

Las Juntas Distritales del INE, 12 en Michoacán, compuestas por vocales del servicio profesional electoral nacional, recabarán las anuencias, es decir, los permisos de propietarios o responsables de los inmuebles, durante los recorridos que llevarán a cabo del 15 de enero al 15 de febrero. Toda vez de que en Michoacán se instalarán casillas en un estimado de 2094 escuelas, se ha suscrito un convenio con la Secretaría de Educación del Estado, para dar las facilidades en las escuelas; más aún con la pandemia que requiere espacios amplios, además de establecer la coordinación necesaria para localizar a los directivos, justo ahora que, por la emergencia sanitaria, los centros escolares no tienen actividad presencial.

De igual forma el INE ha diseñado un protocolo de atención sanitaria y protección de la salud, para la realización de estos trabajos de campo, reduciendo al máximo posible, pero sin limitar el derecho de consejerías y representaciones partidistas a realizar observaciones. Lo cual incluye también el cuidado de las personas vulnerables.

En consecuencia, el próximo 24 de febrero, los consejos distritales sesionarán para recibir la propuesta de los lugares para la ubicación de casillas, y de inmediato comenzarán a revisar la propuesta mediante las visitas de examinación, en ellas participan consejeros y representantes de partidos políticos como integrantes de los consejos.

Debido a que en esas casillas se recibirá votación tanto federal, como de las elecciones estatales; el INE considera en el procedimiento al Instituto Electoral de Michoacán, de quien también podrá recibir observaciones; de manera que los consejos distritales del INE aprobarán en su sesión del 16 de marzo la propuesta de ubicación de casillas especiales y extraordinarias y el 25 de marzo el número y los domicilios propuestos para la ubicación de las casillas básicas y contiguas.

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