Lana Sube, Lana Baja/Cruzado y Atado, el cliente bancario perfecto

Lana Sube, Lana Baja/Cruzado y Atado, el cliente bancario perfecto

La semana pasada te expliqué cuáles son tus derechos como consumidor y uno de ellos, específicamente el número 3 "Derecho a Elegir" amerita que seamos más específicos.

Dentro del argot bancario existen unas cosas que se les conocen como "Ventas Atadas" o "Ventas Cruzadas". Una venta atada es aquella que se da cuando el ejecutivo bancario busca sorprender al cliente indicándole que un producto está "atado" o ligado a otro y que no se pueden separar. Generalmente los productos que vienen, según ellos, ligados son las tarjetas de crédito con un seguro o las cuentas de ahorro con un seguro. Antes te decían que para darte una tarjeta tenías que contratar un seguro, ahora simplemente te dicen que la tarjeta ya tiene el seguro incluido y que no se puede cancelar hasta dentro de 3 meses. Lo mismo sucede con las cuentas de ahorro donde te dicen que la cuenta ya tiene un seguro de vida, de accidentes o de protección de la misma cuenta y que no te preocupes, que se cobra del depósito inicial que hagas y que en 3 meses lo puedes cancelar.

Las últimas modificaciones en las leyes aplicables incluso te otorgan más libertades que fortalecen y protegen con mucha solidez tu "Derecho a Elegir". Las principales modificaciones que se convirtieron en ventajas son:

• Antes, si contratabas cualquier tipo de crédito personal, el banco te tenía que abrir una cuenta para que ahí te cayera el depósito del crédito y para que en ella realizaras los pagos de dicho crédito. Lo que sucedía es que dicha cuenta te pedía saldo mínimo y te cobraba comisiones por manejo de cuenta; además de que el cliente terminaba teniendo muchas cuentas en muchos bancos las cuales ya no seguía usando una vez que terminaba de pagar. Ahora, si el Banco B te da un crédito pero tú no tienes cuenta con ellos ya que tu cuenta la tienes en el Banco A puedes solicitarle al Banco B que te domicilie el pago a tu cuenta del Banco A. Esto quiere decir que ya no es necesario abrir una nueva cuenta sino que tú realizarás tus pagos en la cuenta que ya tienes y de ahí se cobrarán automáticamente. Todo esto SIN COMISIONES.

• Otro cambio es que antes, si tenías una inversión bancaria tradicional, es decir, un pagaré a plazo fijo, debías de tener también una cuenta en ese banco para que te abonaran los intereses y el capital al vencimiento pero, al igual que el ejemplo anterior, dicha cuenta cobraba comisiones y te pedía saldo mínimo. Ahora, si no quieres abrir la cuenta en ese banco sino solamente tener la inversión a plazo, el banco tiene la obligación de proporcionarte una cuenta básica SIN COMISIONES ni saldo mínimo para estarte abonando tus intereses y/o capital al vencimiento para que de ahí puedas mandar los recursos a donde quieras una vez que la inversión concluya. Por cierto, no uses ese tipo de inversiones bancarias a plazo que se llaman PRLV´s (Pagaré con Rendimiento Liquidable al Vencimiento) ya que no te dan casi nada de intereses, te bloquean tu dinero sin poder tener liquidez en caso de emergencia y es un tipo de inversiones que ni se deberían llamar inversiones sino simplemente cuentas de ahorro porque si una inversión no te da más de la inflación entonces no es inversión.

• El último ejemplo en las modificaciones es el de los seguros contemplados en los llamados créditos ABCD (Adquisición de Bienes de Consumo Duradero) que en otras palabras son los Hipotecarios y los Automotrices. Como este tipo de créditos son por montos mayores y cuentan con una garantía natural, es decir, que el propio bien adquirido es la garantía en caso de falta de pago; los bancos aquí si necesitan proteger dicha garantía. Por ello, son los únicos créditos que forzosamente deben contar con un seguro de daños y un seguro de vida. El cambio en la ley consiste en que antes tenías que contratar dichos seguros en el mismo banco que te daba el crédito por lo que si te bajan la comisión de apertura por ejemplo, se recuperaban entonces con el precio de los seguros. Ahora puedes cotizar y asegurar tu casa o coche comprado con el crédito pero con cualquier aseguradora o banco que tú quieras sin que necesariamente sea con los mismos que te están dando el crédito. Esto mismo aplica con las agencias de autos ya que si les compras un coche nuevo no te pueden obligar a contratar el seguro con ellos. El vendedor buscará que a toda costa lo hagas porque él cobra una comisión por el seguro la cual es independiente de su comisión por la venta del coche pero NO TE PUEDE OBLIGAR.

Así que si algún ejecutivo bancario o vendedor de casas o coches te dice que para darte el crédito es obligatorio contratar con ellos el seguro o cualquier otra cosa dile que conoces tus derechos como consumidor y que la nueva ley PROHIBE las ventas atadas por lo que si sigue de mentiroso lo vas a denunciar con su propio banco y/o con la autoridad competente y verás que luego luego cambiará la actitud. Recuerda que el primer paso para tomar una decisión es estar informado, así evitas que algún vival se quiera pasar de listo.

Si quieres que platiquemos de algún tema en específico pídemelo en mi twitter @ratian8001 o a mis correos ratian8001@gmail.com y crmartinez@interacciones.com

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