Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La Ley de Ingresos de Morelia para el ejercicio 2020, aprobada recientemente por los diputados locales, asciende a un monto por 3 mil 237 millones 475 mil 740 pesos. Incluye un incremento general del 5 por ciento en cuotas y tarifas establecidas en pesos, respecto a las contenidas en la Ley de Ingresos 2019.
Destaca, que no presenta incremento en cuotas y tarifas por el Servicio de Abastecimiento de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo del Organismo Operador de Agua Potable y Saneamiento (OOAPAS), y, contiene un subsidio a adultos mayores y discapacitados.
Los usuarios domésticos mayores de 65 años de edad, los jubilados o pensionados, así como las personas afectadas por alguna discapacidad permanente, recibirán un subsidio equivalente a la mitad de los costos por los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento causados en el inmueble en que habite.
Los requisitos son los siguientes:
1.- Que la toma contratada cuente con aparato medidor.
2.- Que acredite ante los "Prestadores de Servicios" su domicilio y la condición que le da derecho al subsidio por una dependencia oficial.
3.- En su caso, acreditar ante los "Prestadores de Servicios" el entroncamiento entre la persona que se encuentra en la situación prevista en este artículo y el titular del contrato, que podrá ser su cónyuge o su pariente consanguíneo en primer grado.
4.- No tener adeudo con los "Prestadores de Servicios", al solicitar el beneficio.
Se aclara que, el subsidio únicamente se aplicará sobre los primeros 16 metros cúbicos mensuales consumidos, y la diferencia se pagará al costo del rango de consumo por metro cúbico que corresponda.
"Será obligación del usuario beneficiado con este descuento, renovar cada año su derecho, acudiendo personalmente a las oficinas de los "Prestadores de Servicios". Cuando por las condiciones físicas del beneficiario no pueda trasladarse personalmente a las oficinas de los "Prestares de Servicios" para revalidar su beneficio, solicitará la visita domiciliaria ante los mismos".
Además, en el proyecto de ley que entra en vigor a partir de este 1 de enero, se hace extensivo el estímulo fiscal en el pago del Impuesto Predial a los adultos mayores, y, se simplifica la tramitación del pago cuotas para éstos, jubilados, pensionados y discapacitados.
El Impuesto Predial sobre los Predios Urbanos y Rústicos se determinará sobre el último valor catastral registrado por efectos de avalúo o transmisión de propiedad, con una tasa del 0.3125% anual.
Por: Sayra Casillas/R