Ley Olimpia

Ley Olimpia

Cuando los datos personales sensibles se transmiten, difunden o comparten sin nuestro consentimiento provocan daños irreparables a su titular.

Esto le sucedió a Olimpia Coral Melo Cruz, quien a sus 18 años grabó un video sexual con su entonces novio; el video fue compartido por WhatsApp y podía verse su cuerpo desnudo.

El novio no se identificaba en el video, negó haberlo difundido y abandonó a Olimpia.
Empezaron a llamar a Olimpia "la gordibuena de Huauchinango", en atención al nombre de su ciudad natal en Puebla. ¡Qué forma tan indignante de dirigirse a una persona que sufría por la exposición de su información más íntima!

Olimpia no sabía qué hacer; decidió mantenerse en casa por un periodo de ocho meses e intentó quitarse la vida en tres ocasiones.

Un periódico local coadyuvó a su revictimización y vendieron a grandes cantidades publicaciones que aludían a que Olimpia estaba "quemada" en redes sociales.

Sus datos personales sensibles en posesión de personas indebidas, cada vez causó mayor daño: a través de las redes sociales, hombres le mandaban peticiones para tener sexo; de "gordibuena de Huauchinango" la pasaron a llamar "gordibuena de Puebla", y su familia se enteró de lo sucedido.

Su mamá fue su mejor aliada, le dio la fuerza suficiente y la apoyó al señalar que solo disfrutaba de su sexualidad. Luego, al advertir que más mujeres pasaban por lo mismo y que no había cometido ningún delito, decidió buscar justicia.

Sin embargo, fue revictimizada por el oficial que la atendió, quien sin ningún protocolo le dijo que, al no haber estado borracha, ni drogada, ni violada, no había manera de iniciar la investigación, porque el Código Penal no contemplaba ningún delito que se pudiera acreditar.

El enojo, la rabia, pero sobre todo la valentía y ánimo de ayudar a otras mujeres que pasaban por lo mismo, impulsaron a Olimpia a estudiar el caso. ¡Se necesitaba de una reforma penal! En poco tiempo, mujeres unidas por la causa presentaron una propuesta de reforma para reconocer la violencia sexual cibernética. En el propio Palacio Municipal de Puebla, las mujeres se vieron frente a frente con personas que le habían dado "like" al video, que lo habían compartido e incluso que habían hecho comentarios fuera de toda lógica al respecto. Eso no impidió que en 2018 se aprobara la reforma y que esa lucha hiciera saber a 18 Congresos locales más la necesidad de legislar al respecto, entre ellos Michoacán, en donde el 13 de enero de este año se publicó en el Periódico Oficial la reforma a varios artículos del Código Penal, y de esa forma se reconoce como ilegal el capturar, obtener o difundir contenido íntimo sin consentimiento.

La reforma especifica los tipos de violencia contra las mujeres, como la violencia digital, lo que permite el acceso a la justicia para defendernos de la violación a nuestros datos personales sensibles; así, se ha terminado de armar el engranaje: disfrutar de los derechos sexuales, ante el amparo y conocimiento de los derechos que protegen los datos personales y un marco legal que busca justicia cuando en el disfrute de aquellos alguien hace uso indebido de los segundos.

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