Los nuevos litigios judiciales

Es cada vez más frecuente conocer, sobre todo por los medios de comunicación vinculados a las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, que los tribunales judiciales resuelven, muchas veces de manera favorable, acciones orientadas a permitir que personas del mismo sexo contraigan matrimonio; que los beneficios de seguridad social se extiendan a la otra pareja del mismo sexo; que parejas del mismo sexo puedan adoptar; que una persona no permanezca casada si no lo quiere y pese a que no exista "causa legal" cumpliendo solo con ciertas condiciones de tiempo (divorcio incausado); que se tutele de manera más "fuerte" a los menores, adultos mayores, incapaces y personas que se incluyen en grupos en situación de vulnerabilidad.

Puede seguirse en relación de muestra de todos aquellos nuevos litigios judiciales, como aquellos derivados del "sexting" no consentido (envío de mensajes digitales con imágenes de contenido sexual, sin el consentimiento del o los interesados en cuestión) el robo de identidad "informática", el robo de bases de datos personales, entre muchos otros; pero parece que con los ejemplos dados es más que suficiente para entender que existen "nuevos litigios judiciales".

Estos nuevos litigios judiciales son nuevos en tanto, antes ignotos, ahora sobrevienen por cambios accidentales (secundarios) o sustanciales (esenciales) en el contexto social, político, económico, cultural y también natural; incluso, también por cambios en el orden jurídico, en los actos jurídicos regulados –materialmente– y, aunque parezca paradójico, por el enfoque que los jueces tienen del derecho.

Los nuevos litigios judiciales tienen diferencias específicas, desde luego, pero también presentan algunos aspectos comunes, como por ejemplo, y solo por ejemplo, que en su base se encuentra el gran tema de los derechos humanos y/o fundamentales.

Estos nuevos litigios judiciales requieren que los operadores jurídicos conozcan, comprendan y desarrollen nuevos cauces en torno a la interpretación, la justificación y la decisión.
Un punto esencial, es que su "background" filosófico-teórico, su cultura general y jurídica, tiene que cambiar, no sólo para adaptarse a los cambios, sino para encausar esos cambios en interés social.

Dentro de esos operadores jurídicos, están llamados a desarrollar un papel esencial, los jueces; pero, cuidado, deben cumplir con su papel con un profundo sentido de prudencia y razonabilidad, pues la exacerbación protectora de derechos, puede justamente recalar en la restricción o intervención ilegítima de los derechos de alguien más.

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