Los nuevos partidos políticos y la rendición de cuentas

Los nuevos partidos políticos y la rendición de cuentas

Hace apenas un mes, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación avaló el registro a tres nuevos partidos políticos: 1. Redes Sociales Progresistas; 2. Partido Encuentro Solidario, y 3. Fuerza Social por México, que se incorporan a lo que constituye, por un lado, el proceso electoral más grande de la historia de México y, por el otro, el más complejo derivado de la pandemia.

Ahora, tanto la Ley General de Transparencia como la General de Archivos señalan que son sujetos obligados los partidos políticos, razón por la cual, pese a que su registro es reciente, tendrán que generar las condiciones necesarias para que a la brevedad puedan rendir cuentas del recurso público que será recibido y ejercido, lo que implica documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones.

En atención a la Ley General de Transparencia deberán integrar la estructura correspondiente, sus Comités y Unidades de Transparencia, lo que permitirá recabar y difundir la información que de manera obligatoria tienen que dar a conocer y que, en su mayoría, tiene que ver con el ejercicio del recurso público; también deben recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información, así como fomentar e implementar políticas de transparencia proactiva.

Por lo que ve a la Ley General de Archivos, deberán velar por la debida gestión documental en su actuar; conformar la estructura que se exige en la materia, que incluye su Sistema Institucional de Archivos y su grupo interdisciplinario; así como adoptar los principios y bases generales para organizar y conservar los archivos.

De esta forma, dichos partidos políticos, ahora sujetos obligados de ambas leyes generales, podrán garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información, a la protección de datos personales, favorecer la toma de decisiones, la investigación, el voto informado, la transparencia y rendición de cuentas.

El recurso que los nuevos partidos políticos recibirán es público, por lo cual –al igual que los restantes– deberán informar de su ejercicio con puntualidad y claridad.

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