Multan al Ayuntamiento de Paracho por obstaculizar desempeño de regidor

El Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) ordenó multar al Presidente Municipal, Tesorero y Oficial Mayor del Ayuntamiento de Paracho
Vulneraron el derecho de acceso a la información del funcionario público (Foto: cortesía)
Vulneraron el derecho de acceso a la información del funcionario público (Foto: cortesía)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).-El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) en Sesión Pública virtual ordenó multar al Presidente Municipal, Tesorero y Oficial Mayor del Ayuntamiento de Paracho, Michoacán, por obstaculizar el desempeño de un regidor de dicho ente edilicio.

En el juicio ciudadano TEEM-JDC-040/2021, cuyo análisis correspondió a la Ponencia a cargo del Magistrado José René Olivos Campos, un regidor del referido Ayuntamiento, acudió a impugnar actos emitidos por el Auditor Superior de Michoacán y diversas autoridades municipales, a quienes atribuyó la falta de respuesta a diversas solicitudes y la omisión de entregar la información requerida de manera completa, con lo que se vulneraron sus derechos de acceso a la información para el debido desarrollo de su encomienda edilicia y de ser votado en la vertiente del ejercicio del cargo.

Analizado y discutido el proyecto, los integrantes del Pleno determinaron, en esencia, declarar parcialmente fundados los agravios expresados por el actor y ordenaron al Auditor Superior de Michoacán, pronunciarse sobre lo solicitado por la parte demandante; luego, se tuvo por acreditada la obstaculización del desempeño del cargo del actor por parte del Presidente Municipal, Tesorero, Oficial Mayor del Ayuntamiento de Paracho, y al haberse acreditado que dichas autoridades municipales no emitieron una respuesta en término breve, se les conminó para que, en lo sucesivo, atiendan oportunamente las solicitudes presentadas por el actor, además se ordenó dar vista al Contralor Municipal del Ayuntamiento de Paracho, Michoacán. 

Finalmente, la multa se impuso en atención a que las autoridades responsables repitieron conductas, respecto de las cuales se les había apercibido que, de realizarlas, se procedería hacer efectivo el apercibimiento decretado en una diversa sentencia dictada por el Tribunal, dentro del expediente TEEM-JDC-047/2020. 

EA

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