Niega INE a Morón registro a candidato por gubernatura; TEPJF resolvería

Con seis votos a favor y cinco en contra, Raúl Morón Orozco fue sancionado con la negativa del registro (Foto: Raúl Morón Orozco)
Con seis votos a favor y cinco en contra, Raúl Morón Orozco fue sancionado con la negativa del registro (Foto: Raúl Morón Orozco)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la negativa del registro a Raúl Morón Orozco como candidato de Morena-PT a la gubernatura del estado, por incumplimiento en los informes de gastos de precampaña.

La misma sanción se aplicó al abanderado de Redes Sociales Progresistas (RSP) por el mismo cargo, Alberto Abraham Sánchez Martínez, y al actual diputado local con licencia, Alfredo Ramírez Bedolla, aspirante a la alcaldía de Morelia.

La votación de este asunto fue reservada por los consejeros José Roberto Ruiz Saldaña y Martín Faz Mora, quienes solicitaron votación diferenciada, respecto al proyecto original, para excluir de la sanción a Raúl Morón Orozco, Alberto Abraham Sánchez Martínez, y, Alfredo Ramírez Bedolla.

La consejera Adriana Favela se pronunció en contra de la negativa del registro a Morón Orozco, con el argumento de que sí presentó informe financiero, aunque extemporáneo.

Un consejero hizo la diferencia. Con seis votos a favor y cinco en contra, Raúl Morón Orozco fue sancionado con la negativa del registro.

A favor de la sanción votaron los consejeros: Karla Humphrey, Ciro Murallama, Dania Ravel, Jaime Rivera, Claudia Zavala y Lorenzo Cordova Vianello.

En contra se pronunciaron los consejeros: Norma de la Cruz, Uuc-Kib Espadas, Adriana Favela, José Roberto Ruiz Saldaña y Martín Faz.

Las votaciones se repitieron en el mismo sentido para los casos de Alberto Abraham Sánchez Martínez y Alfredo Ramírez Bedolla, por lo que de igual manera fueron sancionados con la negativa del registro.

Cabe destacar que este acuerdo del INE podría ser impugnado por los involucrados, y entraría a la cancha del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), órgano facultado para revocar la negativa de registro, si así lo considera procedente.

Por: Sayra Casillas/SJS

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