Proponen cárcel para quien contagie con dolo enfermedad incurable, en Michoacán

Hay casos documentados de personas que al verse contagiadas de enfermedades transmisibles actúan de manera irresponsable, dijo el legislador (Foto: issemym.gob.mx)
Hay casos documentados de personas que al verse contagiadas de enfermedades transmisibles actúan de manera irresponsable, dijo el legislador (Foto: issemym.gob.mx)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El diputado local por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), Norberto Antonio Martínez Soto, presentó en sesión virtual una iniciativa de reforma al artículo 155 del Código Penal del estado, para que sea sancionado hasta con seis años de prisión a quien de manera dolosa contagie una enfermedad incurable.

"Se aumentará la pena del delito de peligro de contagio hasta en cinco años, cuando se cometa dolosamente durante una emergencia sanitaria causada por una enfermedad transmisible de rápida propagación o cuando la misma causare la muerte del sujeto contagiado".

En sesión virtual, el legislador destacó que la salud es un derecho humano consagrado en las constituciones políticas de México y Michoacán, y, en la actual coyuntura de la pandemia global por el Covid-19 recobra vital importancia.

"Ante la gravedad de la pandemia causada por el Covid-19, es importante cuestionarnos: ¿existe algún derecho de contagiarse voluntariamente de una enfermedad transmisible?, ¿qué pena debe tener quien consciente de su enfermedad transmisible, intencionalmente pone en peligro de contagio la salud de otro que no tiene conocimiento de dicha enfermedad?", dijo.

Martínez Soto expuso las personas están obligadas a cuidar su propia salud y con ello contribuir a la preservación de la salud pública, "situación que desafortunadamente, en el contexto actual comprobamos que no se observa".

Y es que hay que recordar que, en distintos puntos del país, incluido Michoacán, surgieron a través de redes sociales convocatorias a contagios masivos de Covid-19, con la pretensión de generar "inmunidad" ante el virus.

Aclaró que esta iniciativa no pretende criminalizar a las personas que son portadores de alguna enfermedad transmisible (Foto Cortesía)
Aclaró que esta iniciativa no pretende criminalizar a las personas que son portadores de alguna enfermedad transmisible (Foto Cortesía)

También, citó que hay casos documentados de personas que al verse contagiadas de enfermedades transmisibles actúan de manera irresponsable, buscando contagiar a más personas.

"Esta situación es impermisible, a priori por atentar directamente contra la salud y vida de las otras personas, luego, porque las condiciones físicas, económicas y sociales de las personas no son las mismas", remarcó.

Con la reforma que propone el también presidente de la comisión de Presupuesto, el artículo 155 del Código Penal del Estado, sobre Peligro de Contagio, quedaría de la siguiente forma:

"A quien con conocimiento de que padece una enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, siempre que el sujeto pasivo no tenga conocimiento de esa circunstancia, se le impondrá de seis meses a tres años y de 50 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa".

Añade que si la enfermedad padecida fuera incurable, se le impondrá de uno a seis años de prisión, y, de 200 a mil 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa.

"Se aumentará la pena del delito de peligro de contagio hasta en cinco años, cuando se cometa dolosamente durante una emergencia sanitaria causada por una enfermedad transmisible de rápida propagación o cuando la misma causare la muerte del sujeto contagiado".

Por: Fátima Miranda/R

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