Proponen que jueces puedan internar a adictos a rehabilitación, en Michoacán

La iniciativa indica que el internamiento no podrá exceder de un total de 90 días al año (Foto: Ilustrativa)
La iniciativa indica que el internamiento no podrá exceder de un total de 90 días al año (Foto: Ilustrativa)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El presidente de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil en el Congreso local, Humberto González Villagómez, presentará una iniciativa para reformar diversas disposiciones del Código de Justicia Especializada para Adolescentes, así como de la Ley de Salud Mental, ambas del estado, con la finalidad de que por mandato jurisdiccional un menor o adulto joven involucrado en conductas de alcoholismo y drogadicción pueda ser internado en un centro de rehabilitación.

De entrada plantea que en el Código de Justicia Especializada para Adolescentes del estado se señale que en la decisión sobre la suspensión del proceso donde se resuelva sobre conductas asociadas con alcoholismo y drogadicción el Juez de Audiencia Especializado para Adolescentes podrá determinar la asistencia del involucrado a centros para la prevención, tratamiento y control de las adicciones, siempre y cuando sea con fines terapéuticos y el paciente lo amerite previo examen médico psiquiátrico que se le realice.

Indica que el internamiento no podrá exceder de un total de 90 días al año, a fin de proteger el derecho a la inclusión social del paciente.

Añade que, al decretar la suspensión, el juez deberá facilitar a los defensores y a los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad o la custodia del adolescente o adulto joven, un registro actualizado de las instituciones públicas y privadas que colaboren en la ejecución de programas especiales para la prevención y tratamiento de adicciones.

En la Ley de Salud Mental se estipularía que el ingreso por orden de autoridad se llevará a cabo cuando lo solicite la instancia legal competente, siempre y cuando sea con fines terapéuticos y el paciente lo amerite de acuerdo con el examen médico psiquiátrico.

Además, en todo internamiento se requerirá que el familiar o representante legal firme carta responsiva a fin de internar al usuario, con la finalidad de lograr la reinserción social a su comunidad. En caso de ingreso voluntario por solicitud del usuario, el familiar o representante legal deberá presentarse a firmar dicha carta en un plazo máximo de 48 horas. Si el usuario es un menor de edad o el internamiento es por orden de autoridad, además se deberá informar de oficio al Ministerio Público o a la Unidad Especializada para Adolescentes y Adultos Jóvenes de la Secretaría de Seguridad Pública.

Por: Sayra Casillas/rmr

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