Próxima semana dictaminaría Hacienda la iniciativa sobre desincorporación de bienes

El requerimiento de información fue aprobado en octubre pasado (Foto: cortesía)
El requerimiento de información fue aprobado en octubre pasado (Foto: cortesía)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El presidente de la comisión de Hacienda y Deuda Pública, Arturo Hernández Vázquez, informó que este viernes concluyó el plazo que el mismo se estableció para aguardar a que el gobierno del estado turnara al Congreso la información que le fue requerida oficialmente sobre los avalúos de diez inmuebles propiedad del estado, que el gobierno michoacano pretende poner a la venta.

Se recordará que el requerimiento de información fue aprobado en octubre pasado por integrantes de las comisiones unidas de Hacienda y Desarrollo Urbano encargadas de dictaminar la iniciativa que presentó el gobernador, Silvano Aureoles Conejo, para la desincorporación de inmuebles, ubicados principalmente en el municipio de Morelia, para su posterior enajenación.

"Si el día de hoy no lo recibo (informe) yo el lunes cito para que resolvamos ese tema ya", dijo, sin dejar de aclarar que la reunión de las comisiones ya referidas se programaría entre martes y jueves de la próxima semana.

"Porque la verdad yo no puedo obligar al gobernador a que me lo mande (el informe sobre los avalúos) porque la ley no se lo dicta, lo que sí pienso hacer es establecer una cláusula que si lo obligue a decirme específicamente en cuánto están estos avalúos, a quiénes se vendieron (los inmuebles) y en qué se va a disponer ese recurso", planteó.

El congresista del PAN anticipó que procederá con la debida convocatoria a los integrantes de las comisiones responsables del dictamen, y, si algunos de ellos vuelven a hacer vacío a la reunión para que se suspenda por falta de quorum, acumularán una tercera falta y entonces solicitará a la presidencia del Congreso que les aplique el descuento salarial correspondiente.

Conforme a la iniciativa turnada a la presidencia de la Mesa Directiva del Congreso, se plantea la desincorporación de los siguientes bienes:

1.- Predio urbano ubicado en avenida Acueducto número 3610, en la colonia Ocolusen, de Morelia.

2.- Predio urbano consistente en el lote número 12, manzana 2, ubicado en la calle Coto del Ángel, fraccionamiento residencial Coto del Ángel, en la tenencia de Jesús del Monte, en Morelia.

3.- Predio urbano consistente en el lote número 5, manzana 4, ubicado en la calle Coto del Ángel, fraccionamiento residencial Coto del Ángel, en la tenencia de Jesús del Monte, en Morelia.

4.- Predio urbano ubicado en avenida Acueducto número 265, esquina con la calle Diego de Basalenque, en el Centro Histórico de Morelia.

5.- Predio urbano consistente en el lote número 17, manzana B, ubicado en la calle sin nombre manzana B, en el fraccionamiento Balcones de Santa María, en Morelia.

6.- Predio urbano consistente en las fracciones D, E y G, ubicado en la calle Libramiento Sur Ex Hacienda La Huerta, lado sureste de Casa de Gobierno, de Morelia.

7.- Predio urbano consistente en terreno del ejido de Santiaguito, ubicado en la colonia "La Soledad" segunda etapa y/o Jesús Romero, en Morelia.

8.- Predio urbano ubicado en la calle Niños Héroes número 112, esquina con la calle Dr. Miguel Silva 64, en el centro de la ciudad de Tepalcatepec.

9.- Predio urbano ubicado en la calle Colcheros de Parangaricutiro número 48, en la colonia Vasco de Quiroga, de esta ciudad de Morelia.

10.- Predio urbano ubicado en la Calzada Madero número 38 y la calle Curtidores de Teremendo número 44, en la colonia Vasco de Quiroga, de Morelia.

Es preciso retomar que el artículo 4º de la iniciativa establece que el precio base de venta será determinado conforme a la normatividad aplicable al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, con base en el dictamen valuatorio que elabore el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, o en su caso a través de la valuación que se lleve a cabo por los bancos locales, la sucursal o la agencia de alguno de los bancos nacionales en Términos de la Ley del Patrimonio Estatal.

El artículo 6º indica que ningún servidor público por sí o por interpósita persona podrá adquirir estos bienes. "Lo anterior será extensivo a los cónyuges, parientes consanguíneos, parientes por afinidad y para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para negocios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte, así como aquellos servidores públicos que hayan ocupado un cargo público dentro del estado dentro de los últimos cuatro años".

Por: Sayra Casillas/AV

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