Publican en el Periódico Oficial la extinción de la Junta de Caminos Michoacán

El Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo
(Foto: Cortesía)
El Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo (Foto: Cortesía)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Este lunes, el gobernador del estado, Silvano Aureoles Conejo, publicó en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán, el decreto que ordena la extinción y liquidación del organismo público descentralizado denominado Junta de Caminos, pese a que la facultad directa sobre la desaparición de dicha dependencia es a cargo de los legisladores.

En el documento se señala que la autoridad respetará los derechos laborales y el pago de las jubilaciones otorgadas a los trabajadores.

Según la publicación, la responsabilidad de la administración pública centralizada y paraestatal, está a cargo del Poder Ejecutivo, tal como lo señala el artículo 62 de la Constitución del Estado, el cual establece que "para el despacho de los negocios del orden político-administrativo, el Ejecutivo contará con las dependencias básicas y organismos que determinen esta Constitución, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado y demás leyes", por tanto, la creación, extinción o liquidación de las entidades paraestatales corre a cargo del gobierno estatal, a través del Acuerdo o Decreto respectivo que se publique en el Periódico Oficial del Estado, tal como lo establece el artículo 9º de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Michoacán.

En innumerables ocasiones, los diputados locales, así como los integrantes del Sindicato de la Junta de Caminos han señalado que fue creada en el año de 1989 como órgano desconcentrado del gobierno del Estado a través de un Decreto legislativo, de manera que no puede ser extinta por el Ejecutivo, y por ello, los legisladores son los únicos que pueden tomar dicha determinación.

Sin embargo, este lunes fue publicada la extinción en el Periódico Oficial, en el que se mandata a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas (SCOP) como la responsable de iniciar el proceso de liquidación en su carácter de dependencia coordinadora del sector, para lo cual, el titular tendrá las más amplias facultades para actos de administración, dominio, pleitos y cobranzas; incluyendo aquellas que, en cualquier materia, requieran poder o cláusula especial en términos de las disposiciones aplicables, así como para suscribir u otorgar títulos de crédito, otorgar poder o delegar facultades y realizar cualquier acción que coadyuve a un expedito y eficiente proceso de liquidación, pero estableciendo las bases para llevarla a cabo de una manera eficaz, eficiente, transparente y con la adecuada protección del interés público.

En el Artículo Tercero Transitorio, se menciona que una vez iniciado el proceso de liquidación, la Secretaría de la Contraloría, determinará bajo su responsabilidad, la empresa que deberá realizar una auditoría administrativa-financiera, por el periodo que la misma dependencia determine con cargo al presupuesto del organismo sujeto al proceso de liquidación.

Además, se dio cuenta que el gobernador respetará los derechos laborales de los trabajadores, y garantizará el pago de las jubilaciones otorgadas a los trabajadores de la Junta de Caminos del Estado.

En las consideraciones, las autoridades estatales mencionaron que con motivo de la política de ajuste al gasto en la presente administración, se requiere adecuar el marco normativo de la organización y funcionamiento de la Administración Pública Estatal Centralizada y Descentralizada para lograr la optimización y eficiencia en el manejo de los recursos públicos.

Aunado a que uno de los principales compromisos de la presente administración con los michoacanos, es reducir el suministro de recursos públicos de las dependencias que desempeñen "duplicidad de funciones o bien no exista una necesidad real para su existencia", y en su perspectiva, el trabajo realizado por la Junta de Caminos era también realizado por la SCOP, por ejemplo, en planear, programar y presupuestar la construcción, conservación, mantenimiento y modernización de las carreteras, puentes, caminos vecinales y demás vías de comunicación terrestre del Estado. Asimismo, el conservar, supervisar, promover y desarrollar las vías estatales de comunicación, construir y conservar en buen estado las carreteras, caminos vecinales, aeropistas y demás vías de jurisdicción Estatal.

Por lo anterior, no hay más razones para que siga existiendo la Junta de Caminos cuando la SCOP, señala el Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, cuenta con las atribuciones, los recursos humanos y la infraestructura necesaria para asumir las mismas funciones a fin de contribuir a la mejora de la situación económica por la cual atraviesa la entidad y generar ahorros en el ejercicio del gasto público.

Dentro de los diez días hábiles siguientes, la SCOP deberá publicar en el Periódico Oficial las bases para llevar a cabo el proceso de liquidación de la Junta de Caminos.

El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.

Por: Guadalupe Martínez/RMR

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