Publicó INE convocatoria para la designación del presidente del IEM

Hernández Reyes anunció que dejaría el cargo (Foto: Cortesía/Ilustrativa)
Hernández Reyes anunció que dejaría el cargo (Foto: Cortesía/Ilustrativa)

Por: Sayra Casillas / @SayraCasillas2

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El Instituto Nacional Electoral (INE) publicó la convocatoria para la designación de la consejera o el consejero presidente del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) por los próximos siete años, luego de que Ramón Hernández Reyes decidió separarse del cargo, cuyo periodo concluía en el 2021.

La convocatoria puede consultarse en la página oficial del INE. Los ciudadanos mexicanos interesados, que cumplan los requisitos y deseen participar en el proceso de selección, deberán solicitar su registro y presentar su documentación de aspirante.

Las bases son las siguientes:

Llenar los formatos que se pondrán a disposición en el portal del Instituto www.ine.mx, del 29 de agosto al 25 de septiembre de 2019.

Una vez requisitados los formatos, deberán imprimirse, verificar que la información capturada se encuentre completa al imprimir el formato y firmarse.

Los formatos tendrán como único propósito recabar la información de las y los aspirantes, por lo que en ningún caso se podrán considerar como una constancia de registro al proceso de selección y designación.

Tanto los formatos como la documentación solicitada en la Convocatoria se recibirán el 12 y 13, del 17 al 20 y del 23 al 25 de septiembre de este año, en las oficinas de las Juntas Local y Distritales Ejecutivas o en la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, en un horario de 9:00 a 16:00 horas.

Indica que, quien así lo requiera, en los días y horarios citados, podrá asistir a las oficinas antes mencionadas para ser auxiliado en el llenado de los formatos.

La recepción de solicitudes debidamente requisitadas se realizará ante los siguientes órganos del Instituto Nacional Electoral:

Secretaría Ejecutiva: Viaducto Tlalpan No. 100, Edificio A, Planta Alta, Colonia Arenal Tepepan, Alcaldía de Tlalpan, C.P. 14610, Ciudad de México, México.

Junta Local Ejecutiva: Boulevard Rafael García de León No. 1545, Col. Chapultepec Oriente, C.P. 58260, Morelia, Michoacán.

Junta Distrital 01: Av. Melchor Ocampo No. 12 Altos, Col. Segundo Sector de FIDELAC, C.P. 60950, Lázaro Cárdenas, Michoacán.

Junta Distrital 02 : Emilio Carranza No. 707, esquina Adolfo López Mateos No. 15, Col. Centro, C.P. 58500, Puruándiro, Michoacán.

Junta Distrital 03: Boulevard Suprema Junta Nacional Americana No.35, Col. Infonavit, C.P. 61512, Zitácuaro, Michoacán.

Junta Distrital 04: Calle Francisco J. Múgica No. 385, Col. Centro, C.P. 59510, Jiquilpan, Michoacán.

Junta Distrital 05: Prolongación 5 de Mayo No. 33, Col. Centro, C.P. 59600, Zamora, Michoacán.

Junta Distrital 06: Santos Degollado No. 27, Col. Centro, C.P. 61100, Hidalgo, Michoacán.

Junta Distrital 07: Melchor Ocampo No. 201, Col. Centro, C.P. 58600, Zacapu, Michoacán.

Junta Distrital 08: Ignacio Fernández de Córdoba No. 30, Col. Agustín Arriaga Rivera, C.P. 58190, Morelia, Michoacán.

Junta Distrital 09: Calzada Benito Juárez No. 99, Fraccionamiento Don Vasco, C.P. 60110, Uruapan, Michoacán.

Junta Distrital 10: Av. Francisco I. Madero No. 5110, Col. Ciudad Industrial, C.P. 58200, Morelia, Michoacán.

Junta Distrital 11: Ponce de León No. 13, Col. Centro Histórico, C.P. 61600, Pátzcuaro, Michoacán.

Junta Distrital 12: Av. 22 de octubre No. 420, Col. Adolfo Ruíz Cortines, C.P. 60679, Apatzingán, Michoacán.

Requisitos

Los requisitos que deberán cumplir los interesados son los siguientes:

1. Tener ciudadanía mexicana por nacimiento y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.

2. Estar inscrita o inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar vigente.

3. Tener más de 30 años cumplidos al día de la designación.

4. Poseer al día de la designación, con antigüedad mínima de cinco años, título profesional de nivel licenciatura.

5. Gozar de buena reputación y no haber sido condenada o condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial.

6. Ser originaria u originario de la entidad federativa correspondiente o contar con una residencia efectiva de por lo menos cinco años anteriores a su designación, salvo el caso de ausencia por servicio público, educativo o de investigación por un tiempo menor de seis meses.

7. No haber sido registrado como candidata o candidato ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los cuatro años anteriores a la designación 5.

8. No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal en algún partido político en los cuatro años anteriores a la designación.

9. No estar inhabilitada o inhabilitado para ejercer cargos públicos en cualquier institución pública federal o local.

10. No haberse desempeñado durante los cuatro años previos a la designación como titular de secretaría o dependencia del gabinete legal o ampliado tanto del gobierno de la Federación como de las entidades federativas, ni subsecretaria o subsecretario u oficial mayor en la administración pública de cualquier nivel de gobierno.

No ser Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, ni Gobernadora o Gobernador, ni Secretaria o Secretario de Gobierno o su equivalente a nivel local. No ser Presidenta o Presidente Municipal, Síndico (a) o Regidor (a) o titular de dependencia de los Ayuntamientos.

11. No haber sido designada o designado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral como Consejera o Consejero Presidente ni Consejera o Consejero Electoral del Instituto Electoral de Michoacán o de cualquier otra entidad federativa.

Documentación a entregar:

1. Solicitud de registro con firma autógrafa, a través del formato que para tal efecto se habilite en el portal del Instituto

2. Copia certificada del acta de nacimiento

3. En caso de no ser originaria u originario de la entidad federativa correspondiente, deberá presentar una constancia que acredite una residencia efectiva en la entidad de por lo menos cinco años anteriores a la fecha de designación establecida en la Convocatoria; dicha constancia deberá ser expedida por autoridad competente.

En su caso, el documento con el que compruebe ubicarse en una excepción por razón de ausencia del país por servicio público, educativo o de investigación por un tiempo menor de seis meses.

4. Original y copia del anverso y reverso de la credencial para votar vigente, para su certificación.

5. Dos fotografías recientes tamaño infantil a color.

6. Copia de comprobante de domicilio que corresponda con el asentado en la solicitud con una antigüedad máxima de tres meses.

7. Copia certificada del título o cédula profesional de nivel licenciatura con fecha de expedición mínima de 5 años, anteriores al día que se establezca en la Convocatoria para la designación.

8. Currículum vitae firmado por la o el aspirante a través del formato que para tal efecto estará disponible en el portal del Instituto, el cual deberá contener, entre otros datos: nombre y apellidos completos, domicilio, teléfonos y correo electrónico, estudios realizados, trayectoria laboral, académica, política, docente y profesional, publicaciones, actividad empresarial, cargos de elección popular, organizaciones de cualquier tipo a las que pertenezca y el carácter de su participación, así como el empleo, cargo o comisión que, en su caso, desempeñe al momento del registro.

9. Resumen curricular con una extensión máxima de una cuartilla con letra Arial 12, para su eventual publicación, por lo que no deberá contener datos personales privados. Para lo anterior, deberá emplear el formato que para tal efecto se habilite en el portal del Instituto.

10. Declaración bajo protesta de decir verdad con firma autógrafa (empleando el formato que para tal efecto se habilite en el portal del Instituto), en la que se manifieste

a) Tener ciudadanía mexicana por nacimiento y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos

b) No haber sido condenada o condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial

c) No haber sido registrado como candidata o candidato a cargo alguno de elección popular durante los cuatro años anteriores a la designación

d) No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal en algún partido político en los cuatro años anteriores a la designación

e) No estar inhabilitada o inhabilitado para ejercer cargos públicos en cualquier institución pública federal o local

f) No haberse desempeñado durante los cuatro años previos a la designación como titular de secretaría o dependencia del gabinete legal o ampliado tanto del gobierno federal o de las entidades federativas, ni subsecretaria o subsecretario u oficial mayor en la administración pública de cualquier nivel de gobierno

g) No ser Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, ni gobernadora o gobernador, ni secretaria o secretario de gobierno o su equivalente a nivel local

h) No ser Jefe o Jefa Delegacional, Presidenta o Presidente municipal, Síndica o Síndico o Regidora o Regidor o titular de dependencia de los ayuntamientos;

i) No haber sido designado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral como Consejera o Consejero Presidente ni Consejera o Consejero Electoral del Instituto Electoral de Michoacán o de cualquier otra entidad federativa;

j) La aceptación de dar por concluido todo empleo, cargo o comisión en caso de ser designado como Consejera o Consejero Presidente

k) Toda la información que, con motivo del proceso de selección a que se refiere la Convocatoria, ha proporcionado o llegue a proporcionar es veraz y toda la documentación que ha entregado o llegue a entregar es auténtica

l) La aceptación de sujetarse a la Convocatoria y a las reglas establecidas en el proceso de selección

m) Consentimiento para que sus datos personales sean utilizados únicamente para los fines de la convocatoria.

Etapas del proceso

A quienes les sea aprobado el registro deberá responder un examen de conocimientos a cargo del Centro Nacional de Evaluación para la Educación (Ceneval), mismo que tendrá verificativo el 9 de noviembre de este año, y, comprenderá dos apartados: competencias básicas y conocimientos técnicos. El primero tendrá una ponderación del 40% y el segundo, del 60%.

Pasarán a la siguiente etapa 10 aspirantes mujeres y 10 aspirantes hombres que obtengan la mejor calificación, siempre y cuando ésta sea igual o mayor a seis.

Los resultados del examen de conocimientos se publicarán en el portal del Instituto Nacional Electoral www.ine.mx, a más tardar el día 19 de noviembre de 2019, ordenados de mayor a menor calificación y diferenciando las listas de la forma siguiente:

a) Nombre de las aspirantes que acceden a la siguiente etapa;

b) Nombre de los aspirantes que acceden a la siguiente etapa; y

c) Folios de las y los aspirantes que no pasan a la siguiente etapa.

A partir de dicha publicación, las y los aspirantes que no hubiesen accedido a la siguiente etapa, tendrán hasta las 18:00 horas del día 20 de noviembre de 2019, para solicitar por escrito al correo electrónico revisiones.utvopl@ine.mx o ante la Unidad de Vinculación, la revisión del examen, misma que tendrá verificativo a partir del día 21 de noviembre de 2019.

Luego, las y los aspirantes que acrediten la etapa del examen de conocimientos, presentarán el 23 de noviembre un ensayo de manera presencial. Los resultados se publicarán en el portal del INE a más tardar el 13 de diciembre.

Una vez que se tenga la lista de las y los aspirantes que hayan resultado con dictamen idóneo en el ensayo, la Comisión de Vinculación la hará de conocimiento público en el portal del Instituto Nacional Electoral www.ine.mx y la notificará a las y los representantes de los partidos políticos, así como de las y los Consejeros del Poder Legislativo del Consejo General, quienes podrán presentar por escrito, dentro de los cinco días hábiles siguientes, ante la misma Comisión, las observaciones y comentarios que consideren convenientes respecto de cada una de las y los aspirantes.

La última etapa consiste en la valoración curricular y entrevista. Estará a cargo de las y los Consejeros Electorales del Instituto, los cuales conformarán grupos de entrevistadores.

El Consejo General designará a más tardar el día 23 de enero de 2020, por mayoría de ocho votos, a la Consejera o Consejero Presidente que iniciará el encargo de siete años en el Instituto Electoral de Michoacán.

SG

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