¿Qué contempla la ley de cannabis en México presentada por Morena?

Por la ley se creará el Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis (Foto: Cortesía)
Por la ley se creará el Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis (Foto: Cortesía)

Ciudad de México (MiMorelia.com/Redacción).- Senadores del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) sometieron a consideración la iniciativa con proyecto de decreto para la Ley General para la Regulación y Control de Cannabis, ¿pero de qué se trata?

La iniciativa fue propuesta por Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila y Ricardo Monreal Ávila, quienes en la exposición de motivos señalaron que parte de la violencia que México enfrenta se debe la política prohibicionista del país hacia actividades relacionadas con la cannabis.

Cannabis: especie vegetal miembro de la familia de las Cannabácea, capaz de producir cannabinoides. El cannabis consiste en tres especies o variantes principales: cannabis sativa-sativa, cannabis sativa-indica, y cannabis sativa ruderalis. El cannabis puede ser psicoactivo o no psicoactivo dependiendo de su fenotipo.

Detallaron que la lucha entre cárteles y autoridades se vio materializada en la llamada "Guerra contra el narcotráfico". "Esta política surge de una falsa presunción de que el problema de las drogas debe abordarse desde un enfoque penal", aseveraron.

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Defendieron que la política prohibicionista ha traído la criminalización de un sector muy grande del país sólo por actividades relacionadas a la cannabis de bajo impacto.

Los legisladores consideraron que el objetivo no es erradicar el consumo de la sustancia, sino buscar "un enfoque de salud pública, que anteponga el derecho a la autodeterminación y la salud del consumidor como principales ejes rectores de intervención, podrá atender el problema de forma eficaz y acorde a las necesidades del usuario".

Asimismo, consideraron que, basados en estudios científicos, son menos los efectos negativos que tiene a cannabis en los humanos que otras drogas legales como el alcohol y el tabaco.

Defendieron que la cannabis tiene diversas propiedades farmacológicas tales como: analgésicas, ansiolíticas, antidiabéticas, antimicrobianas y neuroprotectoras, entre otras, y que su uso ha demostrado científicamente efectividad para tratar cáncer, diabetes, epilepsia, glaucoma, dolores crónicos, trastornos de sueño, dolores crónicos, enfermedades terminales, entre otras.

Una vez expuestos los beneficios, los legisladores presentaron en el documento los lineamientos que regularán su propuesta.

Los representantes de Morena desglosaron que la regulación de la cannabis se enmarcará en los ejes rectores como respetar la autonomía de las personas, proteger la salud frente a un producto psicoactivo, minimizar la alteración de potencias de componentes del cannabis con efectos inciertos, promover la información basada en evidencia, sobre etiquetado y condiciones de consumo, proteger de riesgos a la población más vulnerable: niños, niñas y jóvenes, establecer la venta de cannabis como un servicio socialmente responsable y facilitar programas de rehabilitación y tratamiento para todo aquel que lo solicite.

¿Qué no se puede?

Algunos artículos como el 10 y el 11 serán los que dicten las restricciones de esta ley, como que adultos no deberán comerciar, distribuir o regalar productos de cannabis a menores de edad ni usar a este sector de la población en actividades relacionadas con esta sustancia.

Tampoco será permitido manejar vehículos o maquinaria peligrosa bajo el efecto del THC (tetrahidrocannabinol).

¿Qué sí se puede?

Los artículos 12, 13 y 14 establecen aquellas cosas relacionadas a la cannabis que sí se pueden hacer como sembrar, cultivar, cosechar, aprovechar, preparar y transformar hasta veinte plantas en floración destinadas para consumo personal en propiedad privada, siempre y cuando la producción no sobrepase los 480 gramos por año y las personas hayan registrado sus plantas ante el instituto en el padrón anónimo.

También se permitirá la siembra, cultivo, cosecha, preparación, fabricación, producción, distribución y venta de cannabis para uso científico y de investigación, comercial, paliativo, terapéutico, farmacéutico e industrial.

¿Qué sanciones habrá?

Cuando no se cumplan las dispociones de la ley, los infractores se harán acreedores a sanciones administrativas, tales como amonestación con apercibimiento, multas, suspensión temporal o definitiva de la licencia, que podrá ser parcial o total, trabajo en favor de la comunidad y arresto hasta por treinta y seis horas.

Las multas podrán ir de mil hasta cuatro mil unidades de medida y actualización

Para todo esto se creará el Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis, un organismo público desconcentrado de la Secretaría de Salud, que establecerá lineamientos y otorgará licencias para las actividades relacionadas con esta sustancia.

Datos de la exposición de motivos:

  • Para el año 2012, el 62% de población reclusa en alguna penitenciaría federal había sido sentenciada por delitos contra la salud
  • 7% de reclusos en penitenciarias federales por delitos contra la salud fue sentenciado por alguna actividad relacionada con la cannabis, aunque no necesariamente por consumo, sino por producción, transporte, comercio, suministro o posesión.
  • En 2011 había mil 509 personas sentenciadas únicamente por consumo o posesión de cannabis.
  • Existe una fuerte persecución de delitos relacionados con la cannabis y sobre todo de aquellos de bajo impacto.

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