Reglamentación sobre publicidad oficial, sin asomo de inconstitucionalidad: Villanueva

El destacado investigador nacional, no tuvo empacho en reconocer tales lineamientos en materia de regulación de la publicidad oficial (Foto: Sayra Casillas)
El destacado investigador nacional, no tuvo empacho en reconocer tales lineamientos en materia de regulación de la publicidad oficial (Foto: Sayra Casillas)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Al manifestar que cada uno de sus elementos están soportados por la ley, el Investigador del Instituto de Investigaciones jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) destacó que no hay posibilidad de que la nueva reglamentación publicada por el gobierno de Michoacán en materia de publicidad oficial pueda ser declarada inconstitucional.

Este jueves, el también columnista de la revista Proceso y consejero editorial de Notimex, dictó la conferencia "Publicidad Gubernamental", en instalaciones del Centro Cultural Universitario de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), foro en el que se pronunció entorno a los Lineamientos Generales para el Registro en el Padrón de Medios de Comunicación Impresos, Electrónicos, Digitales y Alternativos, instrumento vigente, publicado en el Periódico Oficial del estado, generado el año pasado por la Coordinación General de Comunicación Social.

Durante su ponencia, el destacado investigador nacional, no tuvo empacho en reconocer tales lineamientos en materia de regulación de la publicidad oficial, como la pieza jurídica actual más completa más completa de América Latina.

Por un lado, explicó, esta reglamentación cubre los criterios que demandan las mejores prácticas internacionales: eliminar la discrecionalidad; transparentar las pautas publicitarias; inhibir la promoción individualizada de los gobernantes; equidad;
Mecanismos legales que aseguren el cumplimiento de la normativa; y, no promoción de los partidos políticos con recursos públicos.

(Foto: Sayra Casillas)
(Foto: Sayra Casillas)

Ernesto Villanueva explicó que ninguna otra norma en México u otro país, contempla esos seis criterios en su conjunto, por eso es que el Decreto de Michoacán, publicado el año pasado, es una pieza jurídica novedosa.

Subrayó que otro elemento a destacar es que la reglamentación rebasa los criterios exigidos para ser considerada una buena práctica internacional, pues acota la apología del delito; atiende la discapacidad visual; distingue la publicidad oficial de la información; compromete al área de Comunicación a entregar contenidos veraces y accesibles; destina un monto mínimo del siete por ciento del presupuesto, con un proceso gradual de incremento, a medios alternativos, académicos y comunitarios.

Además, enfatizó, los medios de comunicación que pretendan ser contratados para publicitar las obras, programas y acciones del gobierno estatal deben tener un código de ética; no generar noticias falsas; proteger datos personales y sensibles; transparentar derechos de autor y situación fiscal; así como cumplir la normatividad en materia de seguridad social para sus trabajadores.

Celebró lo anterior, con el argumento de que empresas de comunicación que reciben recursos del erario público deben cumplir con la ley, y, satisfacer el interés público en materia de acceso a la información.

Antes de concluir, hizo hincapié en que las medidas ya referidas, sin precedentes en una política pública relacionada con publicidad gubernamental, fomenta la regeneración del tejido social y las buenas prácticas democráticas.

"No hay ningún asomo de posibilidad de que una norma de este tipo pueda ser declarada inconstitucional por el órgano jurisdiccional federal": Ernesto Villanueva, doctor en Derecho y en Comunicación Pública.

Por: Sayra Casillas/CA

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