Resolución del TEPJF sobre multa al PRI Michoacán fija un precedente nacional: IEM

Las multas aplicadas a partidos políticos por infringir la normatividad electoral prescriben en un plazo de 5 años (Foto: Instituto Electoral de Michoacán)
Las multas aplicadas a partidos políticos por infringir la normatividad electoral prescriben en un plazo de 5 años (Foto: Instituto Electoral de Michoacán)

Por: Sayra Casillas/@SayraCasillas2

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El presidente del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), Ramón Hernández Reyes, destacó que la resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en torno a la multa no cobrada al PRI Michoacán, fijó un precedente importante a nivel nacional respecto a la prescripción de las sanciones económicas impuestas a partidos políticos.

El tema llegó a la Sala Superior del TEPJF luego de que el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) determinó que no se aplicaría al Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la entidad el cobro de una multa por 10.5 millones de pesos, bajo el criterio de que ya había prescrito, resolución que fue impugnada por el director general del Instituto de Ciencia, Tecnología e Innovación del estado, José Luis Montañez Espinoza.

Y es que es preciso recordar que los fondos derivados de multas económicas aplicadas a partidos políticos en la entidad por ley deben destinarse a los rubros de ciencia y tecnología.

Cuestionado sobre el revés que dio la Sala Superior al órgano jurisdiccional del estado, el presidente del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), Ramón Hernández Reyes, manifestó que la resolución fija un precedente a nivel nacional, y permite despejar lagunas legales en la materia.

Detalló que la resolución deja en claro que las multas aplicadas a partidos políticos por infringir la normatividad electoral prescriben en un plazo de 5 años, que comienza a contar a partir del día siguiente de que queda firme una resolución o se concluye el término para la impugnación.

Hernández Reyes aclaró que el IEM no perdonó al PRI Michoacán el cobro de la multa por violaciones a la norma detectadas en los gastos ordinarios correspondientes al ejercicio 2015, sino que estaba en espera de que la resolución cobrara firmeza, una vez agotados los recursos jurisdiccionales existentes a nivel local y federal.

"El IEM no perdonó ninguna multa al PRI. Son multas impuestas por el INE y el IEM está obligado a cobrarlas, (como) prueba de ello existen dos oficios del instituto (por medio de los cuales) se notificó al partido político sobre el cobro de la multa correspondiente", finalizó.

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