TEEM dejó sin efectos elección y nombramiento de Oscar Escobar como dirigente del PAN

Sergio Benítez Suárez, se inconformó porque éste no solicitó licencia para separarse del cargo que ostenta (Foto: Cortesía)
Sergio Benítez Suárez, se inconformó porque éste no solicitó licencia para separarse del cargo que ostenta (Foto: Cortesía)

Por: Sayra Casillas/@SayraCasillas2

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- En sesión pública celebrada esta tarde, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) revocó el acuerdo CEO/010/2018 relativo al registro de Oscar Escobar Ledesma, como candidato a la dirigencia estatal del Partido Acción Nacional (PAN).

La sentencia aprobada deja sin efectos el proceso de elección de la dirigencia así como su nombramiento como presidente del Comité Ejecutivo Estatal, motivo por el cual la Comisión de Justicia del órgano político a nivel nacional tiene un plazo de 24 horas para revisar si se cumplieron o no los requisitos de elegibilidad de parte Escobar Ledesma.

(Foto: Cortesía)
(Foto: Cortesía)

Y es que se recordará que su contrincante, Sergio Benítez Suárez, se inconformó porque éste no solicitó licencia para separarse del cargo que ostenta como diputado local, a fin de participar en la contienda interna.

De lo contrario, se tendría que reponer el procedimiento, con la posibilidad de que el único candidato registrado legalmente sea Sergio Benítez.

Según la ponencia que presentó el magistrado, Salvador Alejandro Pérez Contreras, para resolver los juicios para la protección de los derechos políticos del ciudadano que promovió Sergio Benítez, pone de manifiesto que el actuar de la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional, al resolver el juicio de inconformidad que presentó Benítez, fue incorrecta.

"En consecuencia, se estima que el proceder de la autoridad responsable, torna inválida la resolución de 12 de diciembre de la pasada anualidad, dictada en el expediente CJ/JIN/296/2018, lo que conlleva la nulidad de los actos que de ella emanen o dependan", subraya.

Agrega:

"Quedó plenamente acreditado no solo la dilación en la sustanciación del juicio de inconformidad, sino violaciones procesales derivadas de la omisión de la autoridad partidista responsable de realizar diversos trámites y acuerdos establecidos en la propia normativa partidista. De ahí que se estime que el actuar tanto de la Comisión Estatal Organizadora, como la Comisión de Justicia, trascienden en detrimento a la garantía de acceso a la justicia, consagrada en el artículo 17 de la Constitución Federal".

En entrevista, el representante jurídico del PAN, Javier Mora, dijo que hasta este momento no han sido notificados sobre la sentencia, y, a reserva de conocerla y analizarla plenamente, considera que no se declaró nula la elección, sino que se tiene que elaborar un nuevo acuerdo.

ZM

Más vistas

No stories found.
logo
Mi Morelia.com
mimorelia.com