TJAM dicta sentencia definitiva respecto al retiro del anclaje del Hotel Casa Madero

La parte que se sienta agraviada con dicha resolución tiene el término de 15 días hábiles para impugnar (Foto: Google Maps)
La parte que se sienta agraviada con dicha resolución tiene el término de 15 días hábiles para impugnar (Foto: Google Maps)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán (TJAM) dictó sentencia definitiva en el juicio número JA-135/2019, en el cual la apoderada jurídica de la empresa OPERADORA TURISTICA CM, S.A DE C.V, (Hotel Casa Madero) no acreditó contar con el permiso otorgado por la autoridad competente (Secretaría del Ayuntamiento) para el uso de la vía pública (con la colocación de un anclaje).

Dicha sentencia del juicio, que se promovió ante el TJAM en contra de los actos del Ayuntamiento de Morelia, implica que quedarán subsistentes y válidas las actuaciones de la Dirección de Inspección y Vigilancia del Ayuntamiento de Morelia, consistentes en un acta clausura y otra de recolocación de sellos.

Asimismo, el juez de la causa decretó improcedencia al pago de la suma reclamada por la actora con el supuesto daño moral causado, el cual estimaban en la cantidad de un millón de pesos; lo anterior a que dicho pago estaba supeditado a la declaratoria de nulidad del acta de clausura de fecha 24 de enero, y del acta circunstanciada del 30 de enero, ambas del 2019, lo cual no ocurrió, al haberse decretado procedentes las causales de improcedencia y sobreseimiento invocadas en la defensa legal del juicio.

Respecto del acumulado del juicio JA.A.0387/2019-I, resultó procedente la impugnación del recibo emitido por la Tesorería Municipal valioso por la suma de 16 mil 120 pesos por el pago de la multa que se aplicó al Hotel Casa Madero, "debido a la falta de motivación y motivación de su expedición, lo anterior para el efecto de que se emita uno nuevo debidamente fundado y motivado".

Lo anterior, de conformidad al contenido de una ficha informativa (en poder de este medio informativo) emitida por la Enlace Jurídico de la Secretaría del Ayuntamiento de Morelia. Es importante señalar que la parte que se sienta agraviada con dicha resolución tiene el término de 15 días hábiles para impugnar el contenido de la misma, y en caso de no hacerlo, esta se declararía firme. La sentencia salió el 17 de junio del presente año, el 8 de julio próximo se vence el plazo para recibir la impugnación.

Cabe recordar que el pasado 10 de diciembre, el propio, Alfonso Martínez Alcázar, exalcalde de Morelia, a quien públicamente se le reconoce como dueño del Hotel Casa Madero (representado legalmente en ese juicio por OPERADORA TURISTICA CM, S.A DE C.V.) procedió a quitar el anclaje por su propia voluntad, y que a inicios de este año se amparó legalmente contra la decisión del Ayuntamiento moreliano de retirar esta terraza exterior en la que daba servicio a los comensales y que se ubicaba sobre la banqueta que da a la Avenida Madero Oriente.

En aquél momento aseguraba que contaba con un permiso otorgado por la administración municipal de 2013 a 2015, una anterior a la que él encabezó.

Por: Fátima Miranda/SJS

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