Transparencia Municipal

Transparencia Municipal

Los municipios son sujetos obligados en materia de acceso a la información porque reciben y ejercen recursos públicos; lo que significa que tienen que cumplir con principios y obligaciones que determina el propio marco normativo. Ejemplo, las leyes General y estatal en transparencia señalan que los Ayuntamientos deben tener constituido un cuerpo colegiado denominado Comité de Transparencia, el cual tiene la última palabra cuando alguna de sus áreas pretende restringir información a los solicitantes.

También, cada municipio debe tener una Unidad de Transparencia, que constituye la ventanilla directa con los solicitantes, porque es en donde se reciben y dan trámite las solicitudes; además, el responsable de ésta unidad, tiene muchas más obligaciones que tienen que ver con fomentar la transparencia al interior del sujeto obligado, así como recabar y difundir la información que genera, obtiene, adquiere, transforma o tienen en posesión, y que por Ley tienen que publicar.

De esta forma, se advierte que los Ayuntamientos tienen la obligación legal de operar con transparencia y rendición de cuentas; lo cual resulta primordial, porque las acciones u omisiones de estos impactan de manera directa en sus habitantes.

Además, en el caso de Michoacán son 112 los Municipios y el Concejo Mayor de Gobierno Comunal de Cherán. Entonces, si el Instituto Michoacano de Transparencia (IMAIP) tiene registrados 270 sujetos obligados en total, los Ayuntamientos constituyen el 41.85%, por lo que el escenario de transparencia en Michoacán, siempre dependerá en buen porcentaje de aquellos. Es decir, si los municipios no cumplen con la Ley, Michoacán tendrá una calificación a penas aprobatoria (en caso de que los restantes sujetos obligados sí cumplan: poderes ejecutivo, legislativo, judicial, autónomos, etc.).

Por eso, es importante analizar la situación. Actualmente, el IMAIP ha hecho constar que 29 Ayuntamientos del Estado cumplieron con publicar la información a que les obliga la legislación, en su portal y en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT). Los restantes están atendiendo las observaciones del IMAIP y van avanzando positivamente, pero ha resultado un proceso complejo y lento, porque en la mayoría de los casos, el cambio de administración municipal en el 2018 significó:

1. Tener que capacitar nuevamente a sus Comités y Unidades de transparencia, para cumplir con las obligaciones, a sabiendas que las curvas de aprendizaje llevan su tiempo; lo anterior, pese a la recomendación de que resultaba primordial conservar en esas áreas a las personas ya especializadas en la materia; 2. Algunos municipios han reportado la imposibilidad para dar acceso a los documentos, porque nunca les fueron entregados por la anterior administración municipal, por lo que el Pleno del IMAIP ha tenido que requerirles para que ejecuten el procedimiento para la búsqueda o reposición de la información y, en su caso, declaren la inexistencia de la misma, lo que implica dar vista a las Contralorías para que se investigue qué sucedió con los documentos.

Por su parte, personas han reportado posibles vulneraciones, bajo el argumento de que no tienen acceso a la información en los portales de los Ayuntamientos o en la PNT, lo que se ha traducido en 54 denuncias contra 25 municipios. De lo cual, en agosto se podrá saber cómo resolvió el IMAIP y, de esta forma, conocer si aquellos están o no cumpliendo. Lo que se verá reforzado, con la revisión directa que realice dicho Instituto de Transparencia en este año, en cumplimiento de su obligación de verificar que la información se publique en tiempo y forma; todo con la finalidad de garantizar siempre la disponibilidad de información pública actualizada.

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