¿Transparencia proactiva?

¿Transparencia proactiva?

Los michoacanos –y en general todas las personas– tenemos derecho a saber. Por eso, la legislación establece que todos los que reciben y ejercen recursos públicos (sujetos obligados) tienen la obligación de publicar determinada información, es decir, las ya conocidas Obligaciones de Transparencia, que implican que se publique en el portal web y en la Plataforma Nacional de Transparencia información específica que se enlista en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Pero aquella sólo representa la información mínima, de oficio, de la cual deben tener conocimiento las personas para tener idea de las actividades y gasto de los recursos públicos de los sujetos obligados; en otras palabras, no sólo es pública la información que se relaciona en las Obligaciones de Transparencia; debemos recordar que toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y accesible a cualquier persona, por lo que aquellas sólo representan un porcentaje del cúmulo de documentos que pueden ser analizados.

En ese entendido, en ocasiones los sujetos obligados identifican determinados temas de interés que no están contemplados dentro de este listado legal, y por ello se implementan políticas públicas de transparencia proactiva, lo cual es el paraíso en materia de transparencia y rendición de cuentas porque, sin necesidad de solicitud previa de las personas, la información se publica en medios accesibles, como los portales web.

De esta forma, se habla de transparencia proactiva cuando los sujetos obligados, de manera propositiva, publican información, que aun cuando la ley no exige, es difundida para facilitar su acceso a las personas.

Así, algunos sujetos obligados, cuando advierten que han recibido muchas solicitudes de acceso a la información sobre un tema específico, optan por hacerlo público en las mismas vías en que publican las Obligaciones de Transparencia, porque saben que de esta forma las personas ya no tendrán que solicitarla; caso contrario, la podrán consultar sin necesidad de requerimiento.

También, pese a que no haya de por medio solicitudes, a veces se hace pública determinada información que da cuenta de las principales funciones o políticas, con la finalidad de que sea útil a las personas, lo que va generando una cultura y se logra una mayor transparencia.

Este es el gran reto de los sujetos obligados, que la información que publican vaya más allá de lo obligado; sin duda alguna, esta política legitima a aquellos, pero también empodera a las personas.

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