¿Unidad de Transparencia?

¿Unidad de Transparencia?

Es importante que los Michoacanos conozcan que no es necesaria la contratación de abogados para poder ejercer el derecho de acceso a la información. En realidad, se ha buscado en todo momento que los procedimientos para ejercer este derecho humano sean muy sencillos y que estén disponibles en todo momento y lugar. El mejor ejemplo es la Plataforma Nacional de Transparencia, que el lunes pasado (8 de abril) estrenó nueva apariencia y formas de consultar más fácil e interactuar con la información, para contar con un sistema amigable, tal como había sido solicitado.

Pero lo que en este momento quiero puntualizar es que, además de las herramientas tecnológicas –a las que no todos tenemos acceso–, se han creado unidades especializadas en cada sujeto obligado (cualquiera que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad) con diversas funciones, todas encaminadas a la transparencia. Entre las funciones de estas unidades, denominadas formalmente como Unidades de Transparencia, está la obligación legal de auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y, también, en su caso, orientar sobre quién es competente para entregar la información que se requiere.

De esta forma, si se tienen dudas sobre el procedimiento para acceder a información pública, las personas deben saber que siempre pueden acudir a estas unidades y que por disposición legal deben recibir la atención necesaria para pedir documentos públicos, sin costo alguno y sin que se tenga que conocer la identidad de la persona que solicita y para qué solicita la información; en otras palabras, tú puedes acudir y pedir ayuda para solicitar la información, sin necesidad de que requieran tu nombre o cualquier otro dato personal, ni justificar qué se va a hacer con la información.

Esto es muy importante, porque estas Unidades de Transparencia se encuentran en cada uno de los sujetos obligados, por lo que si la información que se requiere es local, puedes acudir directamente a esta área del sujeto obligado del que se busca información; a lo que cabe precisar que la razón por la que cada sujeto obligado tiene su propia Unidad de Transparencia, es porque cada uno de ellos es responsable de entregar la información que poseen y generan en atención a sus facultades. Por lo que no es viable solicitar información de un Ayuntamiento determinado en un sindicato (solo por poner un ejemplo). La información siempre se solicita a quien la posee; en caso de que, con quien se acuda no tenga la información, deberá informarte quien sí la puede tener.

Finalmente, cabe señalar que estas unidades especializadas realizan una labor sumamente importante en cada sujeto obligado, pues son las encargadas de recabar y difundir la información pública en los portales y Plataforma Nacional de Transparencia; recibir y dar trámite a solicitudes; proponer procedimientos internos que mejoren la eficiencia en la gestión de solicitudes; promover e implementar políticas de transparencia proactiva y muchas otras que permiten fomentar la transparencia.

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