Morelia, Michoacán (Boletín).- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), declaró infundada la impugnación que se había presentado al nombramiento de presidente del Comité Ejecutivo Estatal (CEE) del Partido de la Revolución Democrática (PRD).
El proyecto de sentencia del juicio ciudadano 204 del año 2018, promovido por algunos militantes del Partido de la Revolución Democrática (PRD), a fin de controvertir la Resolución QO/MICH/334/2018 de la Comisión Nacional Jurisdiccional de dicho instituto político, la cual declaró infundada la queja contra del órgano en la que los entonces quejosos adujeron la presunta comisión de actos irregulares al realizar la designación del Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del citado partido.
Lo anterior es así, en atención a que se recibieron en este órgano jurisdiccional dos escritos a través de los cuales los promoventes del presente juicio, manifestaron su intención de desistirse de la demanda que nos ocupa.
Atento a ello, se les requirió a efecto de que ratificaran sus respectivos escritos de desistimiento.
De ahí que, al haberse actualizado la causal de sobreseimiento precisada, se proponga tener por no presentada la demanda que dio origen al presente juicio.
Por lo que, Antonio Soto Sánchez continuará al Frente del Comité Ejecutivo Estatal (CEE) del PRD, acatando y respetando siempre las resoluciones de los órganos jurisdiccionales.
ZM