¿Vender o no bebidas azucaradas en universidades?; SCJN ampara a empresa para hacerlo

El 83% de adolescentes consume ese tipo de productos y el 36% padece sobrepeso u obesidad (Foto: Ilustrativa)
El 83% de adolescentes consume ese tipo de productos y el 36% padece sobrepeso u obesidad (Foto: Ilustrativa)

Ciudad de México (MiMorelia.com/Redacción).- Luego de la declaratoria de emergencia por parte del gobierno mexicano para la obesidad y diabetes, una polémica se suscitó esta semana tras el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de conceder amparo a una embotelladora con el propósito de permitirle vender sus productos en universidades del país.

En un país donde el 36.9 por ciento de los adolescentes vive con sobrepeso u obesidad, cifra que se duplica al 72.5 por ciento en la edad adulta, de acuerdo a la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición Medio Camino 2016 (ENSANUT MC 2016), la organización El Poder del Consumidor calificó el resolutivo de la Corte como "un retroceso para la salud pública del país".

Agregó que nuestra nación no sólo tiene una de las tasas más altas de sobrepeso y obesidad en todos los grupos de edad, sino también es uno de los principales consumidores de refrescos y otras bebidas azucaradas, así como alimentos altamente procesados con bajo valor nutrimental, lo cual contribuye a enfermedades crónicas y mortales, entre estas la diabetes mellitus tipo II.

Entre 1998 y 2015 fallecieron en México un millón 250 mil 651 personas por dicho padecimiento, según reportes del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Sólo en 2015 perdieron la vida por ese mal 98 mil 521 ciudadanos, segunda causa de todas después de las enfermedades del corazón.

Fue la Compañía Embotelladora Del Fuerte, que trabaja para Coca-Cola Cola y otras marcas de bebidas azucaradas, quien interpuso el recurso legal ante la SCJN, a fin de permitir la libre venta de sus productos en Instituciones de Educación Media Superior (IES) de la república.

Argumentó que con el acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparadas y procesadas en las escuelas del Sistema Educativo Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2014, se viola el derecho al libre comercio y a la libertad de trabajo.

Tal convenio entre las secretarías de Educación Pública (SEP) y de Salud (SSa), se firmó con la finalidad de evitar que los niños, adolescentes y jóvenes consumieran en sus respectivos centros escolares, bebidas azucaradas y comida "chatarra", como medida frente a la obesidad y otras enfermedades.

En la sesión del pasado 18 de enero de la Segunda Sala de la máxima instancia judicial del país, por mayoría de votos aprobó y confirmó la resolución del Tribunal Colegiado en favor de conceder el amparo a Del Fuerte.

Sobre el punto, la ministra Beatriz Luna Ramos planteó en su ponencia, se permita a la referida empresa la venta y distribución de sus productos en aquellas instalaciones "que única y exclusivamente se imparta educación superior, siempre y cuando se observen las disposiciones legales -federales, locales y municipales- que correspondan".

Lo anterior, en el entendido de que si la IES "comparte instalaciones, aulas, lugares de recreo, esparcimiento, ejercicio o cualquier otro tipo de espacio con lugares a los que tengan acceso alumnos de educación preescolar, primaria, secundaria o media superior, entonces serán plenamente aplicables las restricciones y prohibiciones contenidas en el acto reclamado, en aras de tutelar el interés superior del menor".

Finalmente, la resolución establece "que no hay racionalidad constitucional en la prohibición de vender los referidos productos alimenticios a estudiantes universitarios, que pueden diferenciar y decidir sobre la conveniencia o no de consumirlos".

Sin embargo, para El Poder del Consumidor -agrupación adherida a la Alianza por la Salud Alimentaria-, esto último no es real, pues los malos hábitos alimenticios de los universitarios se traen arraigados desde la niñez o adolescencia.

Precisamente los datos de la ENSANUT MC 2016 revelan que el 83.9 por ciento de adolescentes entre 12 y 19 años de edad toma de manera frecuente bebidas azucaradas, mientras seis de cada 10 consumen botanas, dulces y postres.

Desde la óptica de la referida organización, la decisión de la Corte fue, aparte de perjudicial para la salud de los mexicanos, "a costa de los intereses de una gran industria que ha demostrado un doble discurso: por un lado, simula estrategias de educación a la población y por el otro cabildea para invalidar regulaciones que afectan sus ventas".

Cabe anotar que el pasado 14 de noviembre las autoridades federales declararon como emergencia sanitaria a la obesidad y a la diabetes mellitus II, con el objetivo de reducir su incidencia y mortalidad.

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