Vigente, estímulo fiscal del 100% a impuestos cedulares y jurídicos en Michoacán

Para aplicar el estímulo a que se refiere el Decreto, los contribuyentes deberán cumplir con ciertos requisitos (Foto: Archivo)
Para aplicar el estímulo a que se refiere el Decreto, los contribuyentes deberán cumplir con ciertos requisitos (Foto: Archivo)

Por: Andrea Bocanegra/ @AndreaB09595812

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- A partir de este fin de semana, y durante todo el 2019, estará vigente la  aplicación del estímulo fiscal del 100 por ciento a los Impuestos Cedulares Sobre Ingresos de las Personas Físicas y el Impuesto Sobre Negocios Jurídicos e Instrumentos Notariales, de acuerdo al Decreto publicado el pasado 18 de enero en el Periódico Oficial de Michoacán.

Al respecto, el gobernador Silvano Aureoles Conejo informó que, para amortiguar la afectación del desabasto de combustible en la entidad, serían suspendidos dichos gravámenes propuestos por el Ejecutivo estatal y aprobados por el Congreso local para el ejercicio fiscal 2019.

De acuerdo con el Decreto del Ejecutivo estatal dicho estímulo fiscal consiste en un crédito equivalente al 100% del monto de dichos impuestos que se causen durante el ejercicio o en los pagos provisionales del mismo, el cual será aplicable únicamente contra el pago de dichos impuestos causados en los mismos periodos.

(Foto: Cortesía)
(Foto: Cortesía)

Sin embargo, para aplicar el estímulo a que se refiere el Decreto, los contribuyentes deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.- Estar al corriente en el cumplimiento de todas sus obligaciones fiscales de carácter estatal

2.- No tener créditos fiscales firmes respecto de cualquier otra contribución estatal

3.- Presentar un aviso de aplicación del estímulo fiscal a que se refiere el Decreto dentro de los 30 días hábiles siguientes a la entrada en vigor, o en el mismo plazo a partir del momento en que se ubique en los supuestos de causación de los impuestos antes mencionados.

Asimismo, la Secretaría de Finanzas y Administración deberá expedir las reglas de carácter general necesarias para la correcta aplicación del Decreto en un plazo no mayor a 30 días.

Flv Nz

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