Vigente en Michoacán la Ley que prohíbe la venta, abandono y mutilación de animales

 (Foto: Archivo)
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Por: Sayra Casillas/@SayraCasillas2

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com/Redacción).- En Michoacán ya está vigente la ley que prohíbe la venta de animales en la vía pública, mercados y establecimientos sin la autorización correspondiente; la celebración de peleas de perros, las mutilaciones por razones estéticas, el abandono en la vía pública así como en el interior de bienes muebles e inmuebles, sin la custodia o condiciones adecuadas de acuerdo a su especie.

Se trata de la Ley de Derechos y Protección para los Animales en el estado, que recientemente fue publicada en el Periódico Oficial del Estado, y por lo cual la Secretaría de Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Territorial y los gobiernos municipales deberán establecer las sanciones administrativas en un plazo no mayor a sesenta días.

En su artículo 66, la legislación aprobada por los congresistas locales prohíbe la utilización de animales en protestas, marchas y plantones, que les provoquen sufrimiento o maltrato innecesario; la venta de animales en la vía pública, mercados y establecimientos sin la autorización correspondiente; la celebración de peleas de perros, así como facilitar inmuebles para que tengan lugar dichos combates.

También será sancionado quien suministre bebidas alcohólicas o drogas a un animal cuando no exista justificación médica veterinaria; y, quien comercialice o explote animales enfermos con lesiones, traumatismos, fracturas o heridas, así como en estado de desnutrición.

Asimismo prohíbe el uso de animales para entrenar animales de guardia o ataque o en su caso, para verificar su agresividad; la instalación u operación de criaderos en inmuebles que no estén destinados para tal fin; el abandono de ejemplares en la vía pública o dentro de bienes muebles e inmuebles, sin la custodia o condiciones adecuadas de acuerdo a su especie; las mutilaciones por razones estéticas.

Se prohíbe azuzar animales para que acometan entre ellos, y hacer de las peleas así provocadas, espectáculo público o privado, con excepción de la charrería, las corridas de toros, novillos o becerros, jaripeos y peleas de gallos.

Un animal en casa requiere cuidados

La citada Ley contiene un apartado sobre fauna doméstica, es decir los animales que se crían, desarrollan y subsisten bajo el cuidado humano, que por tanto está obligado a proporcionarle agua y alimento en cantidad y calidad suficientes; alojamiento apropiado; atención y tratamientos médico veterinarios preventivos y curativos; vacunación contra enfermedades de riesgo zoonótico o epidémico; cuidado higiénico necesario en cuerpo y área de estancia; y, las medidas de seguridad necesarias para evitar que se ponga en riesgo.

"Los responsables o custodios de los animales domésticos se harán acreedores a las sanciones correspondientes y a resarcir los daños y perjuicios que causaren a terceros, cosas u otros animales… Los padres o tutores, serán responsables del trato que los menores den a los animales domésticos", advierte la ley.

Llama la atención que la misma, obliga a toda persona que tenga conocimiento de un acto, hecho u omisión en perjuicio de los animales a informar a la autoridad competente de la existencia del mismo, para que se realice una investigación.

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