Ya me morí… ¿cómo que el IMSS decide quién se queda mi Afore?

Ya me morí… ¿cómo que el IMSS decide quién se queda mi Afore?

En este espacio muchas veces hemos platicado de la importancia de tener todos nuestros asuntos y papeles en orden por si, un día, la huesuda decide pasar por nosotros sin avisarnos con anticipación. Muchas resuelven el tema de dejar las cosas para ciertas personas por medio de su testamento pero aquí en México tenemos 2 problemas con eso: el primero es que muy pocas personas tienen hecho su testamento y el segundo problema es que existen asuntos que no puedes incluir en el testamento. Dentro de esas cosas que no podemos meter al testamento es nuestra AFORE. 

Si eres asalariado sabes que, a lo largo de tu vida laboral, has ido acumulando una lana en tu subcuenta de ahorro para el retiro. El detalle es que, al momento de que seleccionas la AFORE o realizas un cambio de una a otra no siempre te preguntan si deseas designar algún beneficiario. 

La razón por la que no te preguntan es debido a que la Ley del IMSS ya tiene especificadas las personas que podrían reclamar esa lana si cuelgas los tenis. Pero no te espantes, las personas que el IMSS define como tus beneficiarios son los mismos que tú pondrías… ¿o no?

Según el propio IMSS cada trabajador puede tener 3 tipos de beneficiarios:

LEGALES: Son los que tienen el derecho legítimo de reclamar tu lana de la AFORE pero solamente pueden ser la esposa(o), los hijos menores de 16 años o hasta los 25 años si están estudiando o los hijos que no puedan mantenerse solos por cuestiones de enfermedad sin importar su edad.

SUSTITUTOS: Son los hijos si ya son mayores de edad o cualquier otra persona que no tenga parentesco directo. 

SUSTITUTOS EN APORTACIONES VOLUNTARIAS: Son aquellos que el trabajador registró pero sólo podrían acceder a estas aportaciones voluntarias, no al monto total de la AFORE.

El tema es relevante ya que, si un trabajador muere, los beneficiarios tienen máximo 10 años para reclamar la lana; de lo contrario, el IMSS se queda con ella.

Adicionalmente es importante que sepas que, en caso de que no haya un beneficiario legal entonces los beneficiarios sustitutos deben realizar todo un trámite burocrático, que puede llegar a ser bastante tedioso, para poder acceder a la lana. Este trámite consiste en solicitar un laudo ante la Junta de Conciliación y Arbitraje ya que es esta instancia quien determinará si efectivamente ese o esos beneficiarios sustitutos pueden solicitar la lana. La verdad es un trámite que si requiere un abogado por lo que, si el trabajador no registra bien sus beneficiarios desde el principio, puede convertirse en una pesadilla para su gente. 

Entonces el tema es así: Tú no puedes designar tus beneficiario legales con tu AFORE, el IMSS dirá quiénes pueden serlo y quiénes no. Por lo tanto, asegúrate de tener registrados los beneficiarios sustitutos para que el trámite sea menos complejo si te llegas a fundir de manera imprevista.

Aquí el tema se vuelve prioritario si tus hijos ya tienen más de 25 años o no tienes hijos; lo mismo pasa si no estás casado o estás divorciado. En estos escenarios no contarías con beneficiarios legales y si aparte no registraste sustitutos, tu lana podría terminar en manos del IMSS sin poder ser recuperada.

Acércate a tu AFORE y consulta los beneficiarios que tienes registrados y, en caso de no tener ninguno, regístralos y mantenlos actualizados si tu situación de vida cambia.

Si tienes alguna duda específica que quieras resolver o tema que quieres que platique en este espacio pregúntame en mi correo inteligenciaenfinanzas@gmail.com, a mi twitter @RockBrokers o en www.facebook.com/rockbrokers/

Más vistas

No stories found.
logo
Mi Morelia.com
mimorelia.com